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IH•! J IISTJCl.<\

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 10 ID: fallos_10_383

Keywords / Subjects

COMPETENCIA

Ruling Text

IH•! J IISTJCl.<\ ~AC:I (J~ A l. 387 existencia compr·ometa los intereses generales, 6 no pueda llenarse el objeto para IJUC fueron cr·eadas. Pero que la legislatura Jo San Juan no dá como motivo de su ley ningu na rt~ zo n de ór·clcn ptthlico, sinó solo la de estar los Com·entos ('Siinguidos de !lecho por el pequeiio número de sus miembros¡ la que no puede ser aceptada, por(JUe Jas personas juf'iuic:l pueJcn existir independit•nte- mento de sus miembros. Que Onalmente la ley t.lt:l 16 t.lo Agos.to atnca bs garantías C(Jnstilucionnles que tienen bs comunidades en su calidad ele perso n<~ s jurídicas, ele existir mientras subsistan las ra- zones de su crcacion, y se uiJser,·en sus estatutos. Confcri•lo traslnclo. al r·rpr·cscntaute del Gobierno de San Juan, pidió se conl1rrnnsc la sentencia ttpclada. Oespncs de ol•scrrnr r¡uc la C:orlc Suprema no puedo ejercer la jurisdiccion po•· ·•ía de apolacion sinú sobre las resoluciones do los Juzgaclos de • rccion con arreglo á la Constitucion, y que el inc. ,2 •, del art. ·14, de la ley Jo competencia de los trihunnles nacionales •lebe considerarse como contrario á ella. sostu,·o que la ley rlc 1 (j de Agosto no ora inconstitucional. Dijo que el patronato ejercido por el Gohierno Gener31 tiene por objeto 1:onscrvar la premint!ncia y regalias del C.ofc de la ~a ci on prtra la JH'csoulacion de los benefi- cios eclesiásticos, y 110 la de las iglesins y sus derechos 6 bienes, :Hinque estos sean dados por el soberano. Que la loy sobre las propieti:Hles Jc los conventos esliu- guidos no afecta el Culto, ni todo lo que se rel:lciona con este corresponde al Gobierno Gc!neral csc lu s i,·nmcnt~. Quo c·n la Constitucion no l1ay disposiciou alguna que establezca gnrantias eSJli!Ciales para los Conventos, como pcrsunas jurirlit:as, porque como tal e~ csl:Íu r·rjidos por ol