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DE JUSTJCL\ NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 10 ID: fallos_10_409

Ruling Text

DE JUSTJCL\ NACIONAL. C~t.:8""- LXXXIII. DM Marror Aparicio conJrn D. Pedro Milego, por desalojo ;- sobre competet1cia. Srunario.- t o El juicio radicado ante los Tribunales de Pr(lvincia, debe concluirse ante los mismos, aunque sea entre un ciudadano y un cstrangero. 2o Una declaratoria do la Justicia Provincial no puede dar jurisdiccion á la Jushcia Nacional en los casos en que estéS no la tiene por la ley. Cmo.- O. Marcos Aparicio, argentino, demandó ante el Juez Nacional de Salta á D. PedrQ Milogo estrangero, para que se le ordenara la desocupacion de un terreno que el primero prestó al s(>gundo por el término d" un año, y que este t·etenia desc.le casi tres años. O. Marcos Aparicio acompañó á la demanda el testimo- nio de un acta de la que resultaba haber interpuesto la misma demanda ante un Juez de Paz de la Provincia, quien la resolvió¡ y el testimonto de una sentencia del Juez de ta Instancia, que es del siguiente tenor: Salta, Noviembre H de i870. Vistos : que la calidad de Mtrangero de Pedro Milego •