I.IE JUS'fiCIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 10
ID: fallos_10_415
Judges
Costa
Keywords / Subjects
QUEJA
Ruling Text
I.IE JUS'fiCIA NACIONAL.
so hacen estos armamentos corno un aclo hostil, capa!
de motivar una declaracion tic guerra. 3o Que si bien
so repula por los publicistas de derecho internacional un
acto de buena política la prohibicion de armamento para
servicio estrangero, reconocen tambien, que esta facultad
es inherente á la soberanja de las Naciones, y que de
un ejercicio no pueden quejarse los beligerantes, ya sea
que se establezcan ó nó, siempre (1ue no hubiere par-
cialidad.
4o Que en esto concepto, uo puede sostenerse,
como lo hace el Procurador Fiscal en su vista de fojal\
31, que este caso esté comprendido en la disposicion
del arl. 7 de la Ley penal, la que espresamente so re-
fiero á los actos de hostilidad reconocida corno tales
por el derecho de las Naciones. 5o Que no existiendo
una disposicion
legal prohibitiva de los enganches de
fuerzas para servicio eslrangero, no hay transgresion por
parlo de los que la ejecuten ni por consiguiente tlelito ;
por estos rundamentos y de acuerdo á los artículos 18
y -J!) de la Conslitucion ~a clón a l, so declara á los pro-
cesados Enrique Sivori y Estovan Balmarecho absueltos
de los cargos formulados
contra ellos por el Procura•
dor Fiscal, en su vista de l _:~jas 31, y exentos de toda
pena y de las costas del juicio ; en su consecuencia,
líbrese el correspondiente oficio á la Policía para que
sean puestos en libertad y hágase saber.
:hulrél lJ.qarri.a.
El Procurador Fiscal apel~ do esta sentencia, y el Sr.
Procurador general ante la Suprorna Corte dijo que es-
tando los acusados convictos de haber enganchado y em-
barcado soldados para ir á engrosar las filas de la rebe-
Jion oriental, la cucstion á resol\'crse era, si osos .actos