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I.IE JUS'fiCIA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 10 ID: fallos_10_415

Judges

Costa

Keywords / Subjects

QUEJA

Ruling Text

I.IE JUS'fiCIA NACIONAL. so hacen estos armamentos corno un aclo hostil, capa! de motivar una declaracion tic guerra. 3o Que si bien so repula por los publicistas de derecho internacional un acto de buena política la prohibicion de armamento para servicio estrangero, reconocen tambien, que esta facultad es inherente á la soberanja de las Naciones, y que de un ejercicio no pueden quejarse los beligerantes, ya sea que se establezcan ó nó, siempre (1ue no hubiere par- cialidad. 4o Que en esto concepto, uo puede sostenerse, como lo hace el Procurador Fiscal en su vista de fojal\ 31, que este caso esté comprendido en la disposicion del arl. 7 de la Ley penal, la que espresamente so re- fiero á los actos de hostilidad reconocida corno tales por el derecho de las Naciones. 5o Que no existiendo una disposicion legal prohibitiva de los enganches de fuerzas para servicio eslrangero, no hay transgresion por parlo de los que la ejecuten ni por consiguiente tlelito ; por estos rundamentos y de acuerdo á los artículos 18 y -J!) de la Conslitucion ~a clón a l, so declara á los pro- cesados Enrique Sivori y Estovan Balmarecho absueltos de los cargos formulados contra ellos por el Procura• dor Fiscal, en su vista de l _:~jas 31, y exentos de toda pena y de las costas del juicio ; en su consecuencia, líbrese el correspondiente oficio á la Policía para que sean puestos en libertad y hágase saber. :hulrél lJ.qarri.a. El Procurador Fiscal apel~ do esta sentencia, y el Sr. Procurador general ante la Suprorna Corte dijo que es- tando los acusados convictos de haber enganchado y em- barcado soldados para ir á engrosar las filas de la rebe- Jion oriental, la cucstion á resol\'crse era, si osos .actos