VALLOS DE t..\ .SUPRDA COI\1'E
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 10
ID: fallos_10_462
Texto del Fallo
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'66
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VALLOS DE t..\ .SUPRDA COI\1'E
al Juzgado de ta instancia en lo civil de la ciudad de
Sanla·•"'é, y pedídose por esta parte informar ;,. tiOCe, é
informado sin resena de las posiciones, y con arreglo al
art. t08 de la ley de Procedimientos, no ha lugar.
Znvalctn.
Huergo apeló de este aulu,
aleg;~ndo que la absolucion
de posiciones habia sido pedida en tiempo. -
Que tll Juz-
gado ordenó su absolucion sin designar término, el fJIIC
por esto mismo •lebia quedar al arbitrio del Junz exhor-
tado, no pudien,lo tampoco ser mtlnor de un dia por cada
siete leguas.
Que el haber pedido informar in v~ y haber informado
sin lespresar reserva de las posiciones, no importaba u11
clesistimiento de ellas, puesto 'lue ya en autos constaba
que el exh(lrlo se habia librado, y debía esperar ((UO el
Juez lo tuviese 1,resentc al faHar.
Que el articulo citado por el Juez se refiere al término
dentro del cual se pueden
pon~r posiciones, y no al en
que deben absolverse ; y que si babia habido demoras
para absoh•et• le" puertas en la causa, nu debía i m putár-
sele á ¿1 que las había pedido en tiempo.
ralle tle la ........ t 'erte.
lhuwos ,\ir.::<, OctuiJr•: iJ dt• l~i1 .
Vistos : de ·~slos auto¡; resulta 11uo, intcrpuest.a deman-
da, por llon Augusto Almada, en reprcsentacion ele Uon
Mariano Cabal, contra Oon Guillermo Matti sobre onlrega
del vnpor ((Provcetlort) y pago do arrendamiento, dospues
de ser contestada, pidió OCin José María Huergo, tí nom·