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AI.I.US OR I.A SUPREMA COI\Til no cumplimentaba el despacho de las posiciones, y no po- día, por cousiguiont

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 10 ID: fallos_10_464

Ruling Text

4fi8 f'"AI.I.US OR I.A SUPREMA COI\Til no cumplimentaba el despacho de las posiciones, y no po- día, por cousiguiont", hacer obserrncion alguna sobre su no absolucion, i¡;nora.da el d1n diez y siete tanto por Matti como por el mismo Juez ; tercero, qiH.''• llamados autos el dia diez y seis (t'ojil ciento ti'Cinta y una), sin haberse librado tll exhorto pedido el once, llliUltlado cspedir el cJ .:e, y liba·ado rccicn el diicz y siolc (fnja ciento diez \'UCI·· ta), y no 11udiendo solicitou·sc el scñ:tlilmiento do dia para informar in11oce, sinó en el término fatill de dos días, conta- dos desde el tic la notificacion tln la !H'cvidcncia de autos, segun lo dispone el nrlículo ciento ochrnta de la ley de procedimientos, la pa•·te do Malli se \'i'6 forzada á hacer os;~ peticion, para no dejar á este indefenso y poder con- 4 testar t i largo escrito de Cabal corrionte de fnja ciento catorce {a foja ciento treinta 'uno, r1rescntado iÍ consecucn- <~ia do la rchcldía de fvja ciento doec, pudicntlo cntónces ~;uponor rncionalmcnte c¡uc el despaclw seria de\'uelto di- lingcnciado dentro de los \·cinte tlias siguientes, que el artículo ciento ochenta y dos tic esa ley asigna al Juez para pronunciar su sentencia ; cua.rlo, que disponiendo el nrliculo trece do la ley de catorce do Setiembre de mil ochocientos sesenta y tres ' sobre la jurisdiccion y com- petencia de lus Tribunales Nacionales • e que; ~iempre <e (JUt' un .Juez ~a c ional dirija un dospacho procatorio á << un Juez Pt•(Jvincial, sea para hacer citaciones ó notifi- •< caciones, ó rceibir testimonios, ó practicar otros actos « judiciales será cumplido el encargo •> el de la ciudad do Santa-Fé no puedo rehuaar el cumplimiento del que le ha hecho en csla causa, el de esta Scccion, sin rebelarsr. contra el mandato de e11a ley, ~· sin desacatar la autori- dad nacional c¡uo la ha invocado para cometerlo, y menos aun, cuando, para justificar su irregular proceder, aquel funcionario solo alega c1ue el exhorto no ha sido remiti- ...