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DE JUSTICIA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 11 ID: fallos_11_49

Keywords / Subjects

DELITO

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIONAL. 53 en la cuadrilla, siendo estos los dos únicos testigos po- nibles en este caso, y no habiendo disconformidad, hay una prueba suficiente. Pidiú que se revocara la sentencia apelada, y se con- denase ;í .losó Sierra, como jefe •lo la cuadrilla, á se•s t~ñ os de trabajos f!¡rz::ulos, y {t José Viola, Antonio Uor- dclli y José Pctrcli á cinco años de la misma pena. Corrido traslado, el defensor contestó que los argu- mentos que habían prevalecido en la 1a instancia esta- ban subsistentes, puesto que el Sr. Procurador General, en su cspresion de agra,·ios, ni siqui l}ra se ocupaba tle rebatirlos; y lAs leyes citadas en la seutencia eran do exacta aplicacion para la absolucion t:'s lablc~ida en ella. Que en cuaulo i1 Bnrtlclli y Pclreti, desde que no ltnbia habido acusaciou respecto á ellos, y desde que en lo n11cion<ll no son a,Jmitidos los procedimientos de oficio, la sentencia no admitía espresion do agravios. Pidió la confirmacion do la sentencia de 1" instancia. t·ano de la liiupre~na «:orte . • llueoos Aires, Octuhrc 2.! tic t 811 . Vistos, y considerando: Primero, que la ley segunda, titulo treinta y uno, partida sétima, citada por el .Juez do Scccion en su seutencia, requiere espresamenle, para que no haya lu~a r á la imposicion de pena, cuando h r~y principio de ejecucion por hechos eslcriores, que haya tlesistimiento voluntario por p:1rte de los a·Jtores, tral{lll- .tose do delitos t¡nc no sean de los que enumem corno sujetos á pena á pesar del desistimiento, si hay principio de ejecucion, segun rnsulta de las palabras (1 si se arre-