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SUPI\E~IA COl\ TE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 11 ID: fallos_11_150

Keywords / Subjects

SOCIEDAD RESPONSABILIDAD

Ruling Text

t 54 FALLOS DE LA SUPI\E~IA COl\ TE al absolver las preguntas que la hizo el Juzgado. los si- guientes hechos : 1 o Haber sido D. Enrique Gvodlwll socio de la casa Smiles, Goodhall y C• de la qu~ fué tenedor de libros Don Federico While. 2° Que dicha sociedad quedó disuelta á fines de Julio del año ppdo. en quo so procedió á su liquidacion, siendo encargado de esta opo- raoion, que segun el mismo Smiles, no ha terminddo hasta la fet;ha, el socio O. Enri~ue Goodhall. Y considerando : 1 o Que estando constatado en autos que el socio liquidador de la casa de Smiles, Goodlaall y Ca, confirtó poder á O. Federico White para que cu- tenlliera judiciahncnte en todas las causas que tenia pon- dientes y en las que en adelanto lu\·icra diuha casa, y estándolo adem:\s que en esta tomó la inlervencion que lo correspondía dicho apoderado, contestando la demanda y rleduciendo reconvencion á nombre de sus poderdante, no pueda sostenerse que no -so dió audiencia á la casa de Smiles, Goodhall y ca, desde que fué parle en el juicio por medao del socio liquidador que tenia la representa- cion completa do aquella, de conf, rmidad con los artículos 407 y demás comprendidos en el capitulo 9, tít. 3, hb. 2°, del Cg.Jigo do Comercio. 2o Que no importa á los objetos espresados en el pre- cedente considerando f(Ue \\'hilo firmase las peticiones que dirigla al Juzgado como represP.ntante únicamente do D. l<;nrique W. Goodhall, por<1ue su firma. en ese carc'tcter no cxcl~ia la responsabilidad de los domas socios do la casa de Smilos, Goodhall y Ca desdo que sus escritos se refcrian á estos como se vJ en el princi pio de ellos, y p•.1rque no ora de rigor que firmase pot· Lodos, sinó úni- camente por el socio liquidador, que l'ué quien lo confirió poder y que no tenia, como se deduce del art. 497 ci- ~ado, obltgacion de usar la firma social en los actos