SUPI\E~IA COl\ TE
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 11
ID: fallos_11_150
Keywords / Subjects
SOCIEDAD
RESPONSABILIDAD
Ruling Text
t 54
FALLOS DE LA
SUPI\E~IA COl\ TE
al absolver las preguntas que la hizo el Juzgado. los si-
guientes hechos : 1 o Haber sido D. Enrique Gvodlwll socio
de la casa Smiles, Goodhall y C• de la qu~ fué tenedor
de libros Don Federico While. 2° Que dicha sociedad
quedó disuelta á fines de Julio del año ppdo. en quo so
procedió á su liquidacion, siendo encargado de esta opo-
raoion, que segun el mismo Smiles, no ha terminddo
hasta la fet;ha, el socio O. Enri~ue Goodhall.
Y considerando : 1 o Que estando constatado en autos
que el socio liquidador de la casa de Smiles, Goodlaall
y Ca, confirtó poder á O. Federico White para que cu-
tenlliera judiciahncnte en todas las causas que tenia pon-
dientes y en las que en adelanto lu\·icra diuha casa, y
estándolo adem:\s que en esta tomó la inlervencion que lo
correspondía dicho apoderado, contestando la demanda y
rleduciendo reconvencion á nombre de sus poderdante, no
pueda sostenerse que no -so dió audiencia á la casa de
Smiles, Goodhall y ca, desde que fué parle en el juicio
por medao del socio liquidador que tenia la representa-
cion completa do aquella, de conf, rmidad con los artículos
407 y demás comprendidos en el capitulo 9, tít. 3, hb.
2°, del Cg.Jigo do Comercio.
2o Que no importa á los objetos espresados en el pre-
cedente considerando f(Ue \\'hilo firmase las peticiones que
dirigla al Juzgado como represP.ntante únicamente do D.
l<;nrique W. Goodhall, por<1ue su firma. en ese carc'tcter
no cxcl~ia la responsabilidad de los domas socios do la
casa de Smilos, Goodhall y Ca desdo que sus escritos se
refcrian á estos como se vJ en el princi pio de ellos, y
p•.1rque no ora de rigor que firmase pot· Lodos, sinó úni-
camente por el socio liquidador, que l'ué quien lo confirió
poder y que no tenia, como se deduce del art. 497 ci-
~ado, obltgacion de
usar la firma social en los actos