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UE JCSTICIA N.\CIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 11 ID: fallos_11_179

Judges

Carranza Costa

Keywords / Subjects

ADUANA CONTRATO DAÑOS Y PERJUICIOS

Ruling Text

UE JCSTICIA N.\CIONAL. i83 . do afirmado estos q11c vendieron el carbon á Luis Pombo y Ca., segun el cila•lo corr~J"r fué vondido á O. Emilio Carranza¡ y siendo Jacha venla aborllo, y constando que no se pasó lra n s f~?renc ia , y que Freml·elburg, Schatz y Compañía solicitaron el du$pacho en la aduana, deLe pr••suauirso ó que dicha venta fué simulada 6 que quedó sin ef~a: t o. i l Que en la hi pótesis lle ser verdad que á causa de In demora de la salitla del buq•Je el oarbon se veuclió por un precio menor del que se habria obtenido sin dic·l•a clcmnra, la baja del articulo l)u fué previ:tta ni pudo pre- vccrse al t1cmpo de celebrarse el contrato, ó por lo me- nos no está con11tatado que pualiesc vre \·cc rs~ dicho acci- dente¡ y por consecuencia el rnpilan no seria re11ponsable de los pPrjuicios que se hubieran scguiJo á los cargadores, porque no l•aiJiéuJose t•robado que demoró dolosa- mente la salida del buque,. solo re!~ pontle con arreglo al art. 223 del Código, de los daños y perjuicios que fueron previstos 6 pudieron proveerse al tiempo ·de ce- l ~: b rarso el contra tu. Por estos f11ndamcntos fallo absolviencfo al capitan Don Eduardo Ruche .le la demanda que contra él han dedu- cido los sei10ros Fa·endclburg, Schalz y Ca. por daños y perjuicios procedentes de la demora del v i;~je del buque • Scotland • con costas á los demandantes. Repóngase loa sollos y notifiquese con el orajinal. Jlanuel Zavaleta. Apelada esta sentencia por la parto de Frendclhurg, Scha· tz y C.t., y trc~milada la segunda iuslancia se dicló este