'•ional. ~lcnd oza, Setiembre 1t de 187t.. Y \'istos,- Cnns!derando: 1(1: Que la
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 11
ID: fallos_11_200
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL.
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Pjecutnnte pidió la entr('ga do su importe con escepcion
rle 300 S boli,·inno:l, que mélnifcstó haber rPcibitlo del ap•>-
clerndo Salas por cuenta de Pando, y cuya entrega no
ronstaba en nulos.
El apoderado Salns se opuso á la rebnjn de dichos 300
S bolivianos, alegando quo esta suma la había entregarlo
por cuenta propia y como préstamo ni preshitcro do la
Reta, por cuya de\·olucion lo tenia demandado ante el
mismo Juez do St:ccion.
Se sustanció este incirlente, dando traslado, y abriendo
f'n seguida la causa á pruf'ba.
Producida esta se dictó tll siguiente
Fallo del .lu•• ""'•ional.
~lcnd oza, Setiembre 1t de 187t..
Y \'istos,- Cnns!derando: 1(1: Que la" loyes 39, tít. 2o, 1
l", tít. u .. P. 3a; que rcgbn el procedimiento civil en
los juicios sobro prlll·ha, dicen : • F.s cosa cierta do tfere-
• cl10 que la prueba incumbe al actor cuando el reo niega
e la demanda . •
St!Ju.ndo. Cnnsiclt1rando, que ol actor en esl<' juicio es el
Sr. Curll Oon Sal\'aclor de
la Reta, pues .-'1 es quien l1a
propuesto la dud:t 6 demanda <>n !'11 escrito de f. 77, sobro
como deben imputarse los 300 ¡1e3n1 de este litigio, &• &•.
Tercero. Que el reo D. P;1hlo Salas niPg.l la 1lomanda y
'fUe habiéntlose rrcibiclo l:t c:tusn á prurbn, (:1 actor no
pre!'enta m n~ c¡uc dos l e~tigo¡¡ ; D. Ramon Vidcln que tes-
tifica, que lr<!S \'eres ha recihiJo tlint>ro do D. Pahlo Salas
sin recordar l:ts canlitlade!', como encargarlo del Sr. Cura
y á nombre de D. luan Antonio l'ando ; y D. Juan de la