PALLO~ DI LA SUilllUIA COitTB
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 11
ID: fallos_11_211
Texto del Fallo
•
216
PALLO~ DI LA SUilllUIA COitTB
reflere el recibo no 2. Contestó que nó, porque los
tO,OOO pesos del pagaré firmado por Crovelto {1 Roldan
loa habían recibido el ·absolvente, y como fuera acreedor
de Cro\·eUo por 5,000 pesos, del dinero de 1\oldnn en-
tregó 6 Cro\·ello el recibo no 2, y el resto en moneda
corriente, despues de descontar el .interés y la comisioo.
Buenos Aires, Noviembre tO de t87t.
Vistos : estos autos seguidos por el ciudadano inglés
D. Jaime Cro,·eUo, contra el ciudadano arjentino D. Mau-
ricio Cruz Olivera, por cobro de
cantidad de
pe~tos, ~
resultando.
to Q•ae la demanda se funda en tres documentos sim-
ples, los que ~orren á fojas t, 24. y 25, acompañados por
el demandante á su escrito de demanda ¡
2° Que el contenido de dicl1os documentos es el si-
¡uiente: El primero, una órt.len de
Oli,·era para que
un señor Afuello· tnlr<'gara á Crovello, por cuenta del
suscritor, la cantidad de diez mil
pesos moneda cor-
riente¡ el segundo, en que Olivera dice haber recibido
de Cro\·elto cinco mil pesos moneda corriente, espre-
sando ser del pagaré perteneciente á D. Natalio Rol-
dan ;
fll tercero, una carta de Olin•ra á Cro\'cllo pi-
diéndole mil doscier.tos peso;s moneda corriente.
So Que los mismos doc:umentos haLian sido, anterior-
mente presentados por Cro\·etto E>n un juicio ejecutivo
que promo\·ió contrn Oli\·era, el que terminó
re~peclo
6 ellos declarándose que oo justificaban por s' s<~loa