D. Cdrl01 y D. Etlelmiro Rojo• c-tntra D. Mig11d Ra1Myora
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 11
ID: fallos_11_217
Judges
Costa
Keywords / Subjects
RESPONSABILIDAD
Ruling Text
Sii
FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
~AI18A VIl.
D. Cdrl01 y D. Etlelmiro Rojo• c-tntra D. Mig11d Ra1Myora
IObre intltmtli~cion de daño• y perjuicio•.
Sulll6riD.-t o El dueño ó los participes de un buque:
responden pt\r las deudas que contrae el capitan para
repararlo, habilitarlo y aprovisionarlo.
io .:ias deudas son adnmás privilegiadas sobre el buque
y el privilegio subsiste, aun en el caso de venta volun-
taria del buque, ha!'ta sesenta dias despues de su s:.lida
del puerto bajo el nombre del nuevo propietario.
3o La consecuencia de ese privilegio es poder los
acreedores n<• solo ejecutar sinó tambien embargar el
buque.
4° El embargo de un buque hecho en *'Satl condicio
nes es legal, y no puede traer responsabilidad al que
lo pidió.
•
5o Mucho mas si el nuevo propietario del buque pudo
evitarlo dando flam:a de juzga•lo y sentenciado en el juicio
· ejecutivo seguido por el acreedor, para garantir el paJro
d\ll capital, intereses y costas.