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Que por lo espuesto se vé que os improcedente la ley

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 11 ID: fallos_11_265

Ruling Text

~70 lo'ALLOS DI! tA SUVI\EMA COI\n; Que por lo espuesto se vé que os improcedente la ley que cita el Sr. Procurador General para rechazar su per- sonería en esta causa. Que otra cosa seria examinar, si él habin podido aban- donar el juzgado á su cargo para venir á defender el honor del nombre do su familia mancillado en la persona de su hermano ol l,rovisor y Dcan de la Iglesia lle Cuyo, per- judicando con su ausencia el sen•icio público. Pero que él había solicitado licencia del Poder Eje- cutivo para trasladarse al asiento de la Suprema Corte con este único lin, pidiéndole nombrase un sustituto, el cual fuese remunerad•> con el sueldo que el debiera per- cibir.-Liccncia que, si se le hubiese ruhusac.Jo como col\ toda deferencia y premura se el concedió, en gracia sin duda del motivo cwe la determinaba, habría renun- ciado el cargo de Juez para venir á defender á su hermano. Pidió se admitiese su personería en el juicio: teniéndose en cuenta 'JUe si así no se resolvía, su hermano quedaría sin representacion y sus derechos . gravemnnt'l comprome- tidos. IJuenos i\ires, Febrero tO tle 181':!. No siendo aplicable la disposicion restrictiva tlo la Le} tercera, tilulo scsto, libro tres, Recopilacion Castellana, ni la de su Cúncordante ocho, título quinto, partid<~ tercera , á los casos en que se trata do defensa pro- pia, ni á aquellos en que, se~un la décima del mismo titulo y partida, se pueda comparecer Nt juicio represen- tando á 11tro sin poder, bajl) C<IUCiOII ; y (f11 C1 pot• el lll-