Ot: JUSTICIA NACIONAL .
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 11
ID: fallos_11_268
Jueces
Costa
Voces / Materias
IMPUESTO
PROPIEDAD
Texto del Fallo
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Ot: JUSTICIA NACIONAL .
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lo que tuvo quo tapar el curso de aquel, á fin do evi-
tarse mayores perjuicios. Que. además, el canal estaba
abandonado hácia tiornt>O
por<¡uo no servía á su objeto,
pues el molino estaba á niayor altura que el
punto
donde empezaba el curso del agua.
(lidió se rechazase el interdicto con costas.
Fal.lo del olues de !Wfl'lon.
:'a u Juan , Octutlrc 18 ,le un l.
. Vi~~u:>: .~ nlrc lJ . 1\asnou Laborda y 1). Ventur·a Qui-
roga, interponiendo el primero interdicto de retener la
posesion del uso del agua que conduce un canal que pasa
por la propiedad del segundo, para el servicio de un mo-
lino de aquel, con lo alegado por las parles, y conside-
rando por el mérito de los autos.
t o Que el acta do fojas primera, levantado ante el Ins-
pector de agricultura de la Provincia, por los Sres. Qui-
roga y Laborda en que el primero c~ncede al segundo el
permiso de hacer pasar un canal por el terreno de su
propiedad para el servicio del molino de este, sin cargo
alguno importa la concesion de una ser'!idumbre rústica
de
tJClltllr~clo constituida á favor del pre•lio de Laborda
donde existe el molino. L. 3, tít. t2, art. 8" y lit. t3,
art. t 5 del C. C.
2o Que por los términos de dicha concesion se vé
claramente que en ella no se ha impuesto al cesionario
Lahoni.1 ningur.a ohligncion condicional á fa\•ur del ce-
dente Quiroga ¡ puesto •¡uc las palaJ.ras mismus consig-
uarla$ en el ;wl:• rJc conccsion, en I'JIIf' se e!'prcsa ha-