D. Dionitio Varela contra loa J,ererltroa de D. Jo1é B. Mo·
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 11
ID: fallos_11_276
Ruling Text
DE
~USTICIA NACIONAl ..
281
C~U8A IIS.
D. Dionitio Varela contra loa J,ererltroa de D. Jo1é B. Mo·
lina por indemni~acion de perj11icioa. -
lncide11le sobre re-
cr,aacioTl.
S11mario.-t o Cuando la recusacion de un Juez so iu-
terpone junta con otra esccpcion dilatoria, el Juez debe
limitarse á resolver pré\'iamente la recusacion.
2° Es cau'Ja legal de recusacion el haber el Juez abiP.rto
opinion anticipada en el fondo
~ol asunto, en sentencia
que se declare nula por la Suprema Corte.
Caao.-En los autos seguidos ante el Juzgado
~'ede
ral de San Ju:ln entre D. Oionisio V arel a y los herede-
ros de D. José B. Molina por indemnizacion de perjui-
cios, y en los cuales el Juez de Seccion l1abia d1ctadu
sentencia
defiuitivc~, la Suprema Corte por rallo de 29 de
Julio de 1871 declaró nulo lodo lo obrado desdo el em-
plazamiento, y reponiendo la causa . al estado que tenia
cuando se interpuso la demanda, ordenó que el Juez pro·
cediese y determinase con arreglo á derecho.
~otifioado el e m plazamienlo, los demandados desde Me n-
f . 11
t9