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DE JUSTICIA NACION.\L.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 11 ID: fallos_11_282

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACION.\L. ~87 cobro rle mc•·cadci"Ías aseguradas, se reciLió la causa á prue- ba ; y •lcnt•·o del término, el P•·ocurado•· Lamas por la cornpai,ia pidió se intimara á Gragt!ra •1ue en el dia pre- sentase la li•clura de las mercaderías aseguradas, peti- cion t\ rrue se accedió señalándose á Gragera el tértnino de ~4 horas. Transcu•·ridu ese término, Lamas pidió ·~ue en rebel- día do Gragera se dccla•·asc que esas facturas no exis- tían, y que por sus lillt·o~ no potlia probar la existencia de las 1nercadcrias. Gragera coulest.·, t¡ue los libros estahan en Gualeguay- ciJú, su du.nicilio, y •tue necesitaba doce dias pa•·a ha- cerlos traer. El Juz{!'ado concedió entonces cinco dias pa1·a la cx- r, ibiciou. Uuranlc esta tramilacion veució el té•·minCJ de prue- ba, y el actuario puso el certificado corre3pondiente, r1uedando los autos en la Oficina para alegarse de bieu probado. En este estado La111as es¡•uso que si dentro de los cinco días presentaba Granera sns libros y las facturas, aunque fue••an falsas, no podría producir prueba para establecer la falsedad, pvrque segun el estado de los aulos. el t~rmino había \·cncido. Que ú Hn do ¡u·eca\'CI'Se contra este rosultado, pedía l)llé el .luez fijase con claridad cuaudo \"Cocía el término de ¡lrueba, y de.stle cuando tlcbian contarse los di as -'para alega•·. El Juz~ atlo ordenó t¡ue la parle de la Compañia ma- nifestara si renunciaba tt la cxhihicion de los libros, y Lamas manifu ~tó •1ue no la podía renunciar por cousi- de•·ar esta iili¡;cncia de prueba de suma importancia.