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El qut' ejorza Ul1 mnntlo subalterno en la rehelion es penado con destierro do cuatro ;\ seis nilos, ó con multa de mil á tres mil p <!SOS fuertes. ó con uno y otra conjuntamente. 3

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 11 ID: fallos_11_303

Voces / Materias

DELITO

Texto del Fallo

308 PALLOS DE LA SUJli\E~IA Con-re 2" El qut' ejorza Ul1 mnntlo subalterno en la rehelion es penado con destierro do cuatro ;\ seis nilos, ó con multa de mil á tres mil p <!SOS fuertes. ó con uno y otra conjuntamente. 3" No es ci rcunstancia atenuante los antcct'dentE>s de honradez del rao, y el no lu1bor este cometido tlelilos comunes durante la rebelion . .(o No se puede aplicar pena inferior al mlnimuu de la señalada por la ley, n un r¡u~: se pida !'U aplicnc:ion por el Ministerio Fiscal. Ca1o. -Mauricio Urizucla, ca pitan al scrricio de la re- belion que en el ai1o de 18G7 se lcv<llliÚ en los llanos tle la Riuja coutra el Gobicmo ;\;h:IOIIal, ruc procesndo pur tal delito, y ucusa,ltl pur el 1'.-ocuraJur Fiscal, 'l'aien pidió se lo casli¡;ara con la ~JO IIi\ Út: tr.·s aiaus dé tlcstica·ro. La defensa do Urizucla so couc1·etó {t alcgar 'luo l1abia servido en las filas de los rt:hclJcs por temor, y ;í pro- bar que los antecedentes Jo él eran do una coiHiucta honrada, así como que no laabia COIIIt)liJo exceso algunu durante la rebelion . .. ~ ............. flk-•••······ Hioja, NoviemLre '10 tle Un! . Y vista la prosenle causa Cl'iminal seguida por el fiscal ud lwc, Or. U. Guillermo !'nn l\o111an contra ~l .• uririo Uri- zucla, por haht!r to111atlu pnrticip:wion en el deli to ti ~? rc- Lulion, y de la que rcsullan ju tiricados los hecl•os si- ¡uientes: En el año 1867, el procesado Mauricio Urizuela fut: