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IH:: JUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 11 ID: fallos_11_342

Jueces

Costa

Voces / Materias

TASA

Texto del Fallo

IH:: JUSTICIA NACIONAL. 34i Habiendo apelado 1\ueda, anlt! la Suprema Corte, pidió se revocara la sentencia del Juez de Seccion. rwmleniéndola solo en la parle relativa á la condenacion en costas al Fisco, y se ordenase '}Ue el precio é indemnizacion por la espropiacioo fueran los fijado:; en la tasacion de Torres, agregándose los intereses correspondientes desde el dia en (JUO so verificó la espro-piacion. El Sr. Procurador General, atlhirióndoso .~ la apelacion, pidió se rtldujera el \'alor de la indemniz:~cion. á lo SI- guiente : Por la supel'ficie espropiada. . . . . . S hol. 666 Por limil.acion del uso de la noria. • 375 Por el cerco. . . . . . . . . . . . . . . . . . • 1, 000 Bolivianos . . . . ... S 2,041 Agregó t:~mbi en f(UO la condcuacion en costas al ~~i s 1: 0 dehia re\ ocarse, purs •¡u e srgun la misma sentencia, el JIII'Z olt·clara r¡uc es contr·a estricto derecho. t'allo de la !'6"prf'naa t:ortf'. nuo.Jnus Airt>s. :\l•ril :! de t Si:!. Visto:-:: y consielorando - Primcru. Que, segun el ar- ticulo diez y seis de la ley de siete tle Srtiembre de mil ochocientos sesenta y seis, la indemnizaci•Jll que se haya de pagar á los propietarios do bienes ocupados para obras de utilidad nacional, debe compren•ler no solamente tll valor de las cosas cspropiadas, sinó tambicu el de todos los gravá1nenes y perjuicios 4•1c sean consecuencia forzosa de la es1•ropiacion. - Segt~ndo. Que, para fijar el monto de