No habiéndose resuelto en el titilo anterior el punto so-
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 11
ID: fallos_11_359
Texto del Fallo
364
FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
No habiéndose resuelto en el titilo anterior el punto so-
bre el arraigo del juicio de estadías, á pelicion de Ferrier
se dictó el siguiente
Dueno!i Aires, Abril 9 de t8n.
Resultando de autos: Primero. Que el ca pitan Don Pablo
t'errier~~dedujo la pelicion de que habla en el precedente
escrito, sobre la que la Corte se reservó proveer de~pues
de vista ~~ ~ausa;- Segrmdo. Que por una omis10n inro·
luntaria se ha dejado sin resolver e~to punto ; -Tercero.
Que el capitan Ferrier tiene derecho é buscar una g:~r rantia
para el resultado de la accion ir.slaurada por el pa¡;o de
las estadías, y que esa garantía le corresponde segun la
ley en las maderas, en que consistía la e:trga del buque,
sP declara (1ue ellas deben qucllar embargadas á las resul-
tas de ese jmcio, sinó se diera la correspondiente fianza,
y de\"uélv~tnse como está mandado.
SALVADOR MARfA DEL CARRIL. -
FRAN-
CISCO 0Et GADO.- JOSÉ BARROS
PAzos.-MARCI'.:UNO UGARTE.-J .
B. GollOSTIAG,, .