OF. JUSTICIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 11
ID: fallos_11_382
Ruling Text
OF. JUSTICIA NACIONAL.
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Falle del .luez de 8eeeion.
Buenos Aires, Marzo 12 de 18i2.
\" \'Ístos: Considerando : ·lo Que del art. 12 de la ley
de procedimientos se deduce, que solo se tendrá por de-
cAitJo el dered10, que la parle á quien se hubiese acu-
sado en rebeldía, hubiese dejado de usar dentro de las
veinticuatro horns, con que d1cha rebeldía debe :ser des-
paet.ada.-2o (Jue correspondiendo en los juicios de la
naturaleza del presente :\ cada· parle el derecho de nom-
brar un árbitJ·o,
c ~ te dereeho no debe considerarse cadu-
cado mientras no se hubiese intilllado á la parte de Marshnll
que efectuase el nom~rarni e nto dentro de veinticuatro ho-
ras sin c¡ue dicho norubramiento se verifil¡ue dentro del
espresado término, y que antes de la in(imacion hubiese
trascurrido el
pl;~zo dentro del cual debió ver•ficarlo.-
30 Que el presente caso no so encuentra en tales con~i
cioncs por cuanto la ¡>arte de Marshall solo pudo hacer el
nombramiento de árhitro en el juicio verbal, en que le
fué nombrado de oficio, siendo así que no \·crific;lindolo en
dicho acto, debió, con arreglo al art. t 2 citado, acusár-
selo rcbeldia é inlimarse c¡ue hiciera el nombramiento den-
tro de las vei!lticualro horas. -4o Que aunque es \'erdall
quP. Marshall pidió el Keiialamiento de nuevo 1lia para el
juicio \'erbal con apercii>imienlo de la parto que no com-
pareciese, de nombrárselo de oíicio el árbitro que le cor-
responde, dicha solicitud no importa una verdadera renuncia
de la disposicion conlenicla en el art. 12 de la ley de pru-
cedim ienlos ; por cuanto su simple lectura con,·oncc da
que Marshall creía ajustarse en ella al proce~imiento l e~al