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Uf: WSTICIA KACIONAI...

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 11 ID: fallos_11_422

Keywords / Subjects

RESPONSABILIDAD DELITO

Ruling Text

Uf: WSTICIA KACIONAI... 427 trasladar fuera de la Provincia á los individuos que, á su juicio, crea sospechosos, , se ha hecho reo del delito de lraicion, porque importando dicha ley una conccsioo de (aculladcs utraordi11aria1, el art. 29 de la Constitucion ~acional son1ctc á • los que las consientan, formulen ó firmen á la responsabilidad y pena de los traidores á la patria. •-2" Que suponiendo en esa ley una concesion de facult.ad~s ¿elativas al utado de &itio, y c;¡rcciendo las Legislaturas de Provincia del poder de declarar dicho esta- do, por no existir expresa en la Constitucion Provincial esta facultad, se ha cometido una verdadera us11rpacion .. do atrabuciones conreridas exclusivamente al Congreso de la ~acion en la Constitucion General. ,¡.o Que por lo que rel'pecta al primer fundamento, la ley de sospechosos de 29 del .Abril del 70, que corre en copia á foja 24, no puede en ningun sentido conside- rarse como una concesion de facultades txlrurdinurial, á r1ue alude el arl. 29 do la Constitucion General, pues siendo dictada con motÍ\'O, <•cosion ó protesto de una invasion armada de cnemi~os del llftlen y la paz pública de la Pro\'incia, y limitada en sus términos al arresto y traslacion de las personas sospechosas por tiemtJo tletermi- tlatlo, no cnbo duda alguna que por su espíritu y su texto, solo import11ba una concesion du facultades que corres- ponde al titado de litio, que suspende el derecho de lwbea1 corpu1 acordado por la ley á los ciudadanos en época normal. 5° Que estas facultades del estado de sitio, por su na- turaleza y objeto, no son 'facullade• e.vtrnordiuarios, de las que habla el arl. 29 de la Constilucion equiparándolas al delito de traicion, por cuanto las primeras, aunque depen- dientes en su ejercicio de la di&crecion. y juicio propio del poder autorizado para ejercerlas, lle\'an coo.;igo limitacio-