IJ~ JUSTICIA N.\CIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 11
ID: fallos_11_432
Ruling Text
IJ~ JUSTICIA N.\CIONAL.
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En las actuaciones se produjeron varias declaraciones
y documentos consistentes en protestas, póliza do fleta-
mento, cartas, recibos de carga ele., pero no se instauró
demanda en forma por ninguna de las partes.
Con fecha de 3 de Abril de t 872, Modet presentó al
juzgado una solicitud en que decía quP. debido á que
Uarran y llriet, consignatarios del capitan eran lo mis-
mo
que él franceses y vecinos da esta ciudad, ha-
bían llevado el litijio al Juzgatlo de Comercio Pro,·ín-
cial.- Que como una parle del litijio era el espedienlo
sobre operaciones de puerto y descarga que se babia se-
guido ante el juzgado, ped:ia, en atencion á la necesidad
de las parles y á la falta de jurisdiccion de que adolecía
el juzgado pat·a conocer en las ultcrioridades, le maudase
entregar el espedienle ó remitirlo con oficio al Juez de
Comercio l)rd\'incial, ante quien debia ejercitar acciones.
Jluenos Aires, Abril 3 de t8i;!.
Heduciéndo:;e dol prl!cetlente escrito, que la demanlla
á r¡ue esta parte se r ... flcre, versa sobre cumplimiento de
ubligaciont>s, prúcedentes ele un c:onlralo de fletamento ¡
y que por consecuencia este juzga'do seria esdusivamente
eornpetente para entender en . el caso con arreglo á los
artículos
~. incisos 10 y t2 sobre jurisdiccion y compe·
tencia de los Tribunales Nacionales; y que por lo tanto
la razon en que esta parte funda su solicitud de que le
sean cntregatlos los antecedenhls obrados en este juzgado,
ú de que se remitan directamente nl Tribunal de Co-
mercio¡ no es exacta ; á lo que se agrega adcmas, qu"'