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IJ~ JUSTICIA N.\CIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 11 ID: fallos_11_432

Ruling Text

IJ~ JUSTICIA N.\CIONAL. 437 En las actuaciones se produjeron varias declaraciones y documentos consistentes en protestas, póliza do fleta- mento, cartas, recibos de carga ele., pero no se instauró demanda en forma por ninguna de las partes. Con fecha de 3 de Abril de t 872, Modet presentó al juzgado una solicitud en que decía quP. debido á que Uarran y llriet, consignatarios del capitan eran lo mis- mo que él franceses y vecinos da esta ciudad, ha- bían llevado el litijio al Juzgatlo de Comercio Pro,·ín- cial.- Que como una parle del litijio era el espedienlo sobre operaciones de puerto y descarga que se babia se- guido ante el juzgado, ped:ia, en atencion á la necesidad de las parles y á la falta de jurisdiccion de que adolecía el juzgado pat·a conocer en las ultcrioridades, le maudase entregar el espedienle ó remitirlo con oficio al Juez de Comercio l)rd\'incial, ante quien debia ejercitar acciones. Jluenos Aires, Abril 3 de t8i;!. Heduciéndo:;e dol prl!cetlente escrito, que la demanlla á r¡ue esta parte se r ... flcre, versa sobre cumplimiento de ubligaciont>s, prúcedentes ele un c:onlralo de fletamento ¡ y que por consecuencia este juzga'do seria esdusivamente eornpetente para entender en . el caso con arreglo á los artículos ~. incisos 10 y t2 sobre jurisdiccion y compe· tencia de los Tribunales Nacionales; y que por lo tanto la razon en que esta parte funda su solicitud de que le sean cntregatlos los antecedenhls obrados en este juzgado, ú de que se remitan directamente nl Tribunal de Co- mercio¡ no es exacta ; á lo que se agrega adcmas, qu"'