El dolo debe r•·oha 1':5C , y nunca se presume. l
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_16
Jueces
Ocampo
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL.
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contrario 6 una cosa diferente do la que cspresaban
c;uamlo fueron otorgatlos.
~ o Aun suponiendo probada esta circ.:unstnncia1 para •1uo
ella constituya falsedad es ••cccsario c1uo se acredite que el
rnlllJamícnlo do la rertlatl ~e t·jeculó con dolo.
3" El dolo debe r•·oha 1':5C , y nunca se presume.
l" Todo hombre se reputa bueno y de buena fé. m•en-
r.•s no so pruebe lo conll'<trio .
~,o En las causas crirninalcs no ¡n•e,lc falla1·sc impo-
niendo pena, por solo prcsu n(:iones ó sospechas.
Go En un:-. causa ci·imin.ll 1 la Su prerna Cbrlc no puede
lidiar sobre un capitulo en •¡11e el .Juez de Soccion se ha
rlcclarado inco111petcn le 1 si ol Pro e u rador fiscal no a ;1e!d
ó el S1·. Procurador General no se adhim·e á la apelacion
old acusado.
f.'aso.- U. ,Jusé M. M ald o n;~d o, por U. \'icoule Ucaanpo,
~ e presentó ante el Poder Ejccutiro ~ac io nul, pidiendo el
p<~go de doce rl•cibo:; po•· auxilios prestados al ejército del
\orlo, de los cuales, siclc, susc1·ito por el coronel U. Hi-
':artlo Vera ¡Í laVOl' ele \'ill'iiiS IW l'~ O ilil S , CJ'an por sanatliJS
tornaJos de auxilio, y endosaclos los J'ccibos ú H. Pedro P.
S01nchez y· JIOI' esté á O. Vi cente Ocampo.
Habiéndose pedido inl'vrrue ,¡ la Contaduría t;cneral y
nolatlo esta oficina c¡uc los •·ecibos tonian algunas Clll:llc n-
,Jaturas, el floJcr Ejecutivo, ele acuc•·tlo con lo solicitado
por ol P1·ocmador del Tesoro, •·crnitiv el t·spediente al Juez
~'edera l de la 1\ioja, ¡.ara •tue e! Procurador Fiscal dedu-
jera las acciones :\ que huhiere lugar.
Levantado el :;unHHio, !.echas la aeusacion y la defensa,
y producidas las prud>as f'JUC el P•·ocuradu•· Fiscal
'Y el
,Jcl'cnsor del a·eo solicitaron , se dictó el