← Volver a resultados

El dolo debe r•·oha 1':5C , y nunca se presume. l

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_16

Jueces

Ocampo

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACIONAL. 21 contrario 6 una cosa diferente do la que cspresaban c;uamlo fueron otorgatlos. ~ o Aun suponiendo probada esta circ.:unstnncia1 para •1uo ella constituya falsedad es ••cccsario c1uo se acredite que el rnlllJamícnlo do la rertlatl ~e t·jeculó con dolo. 3" El dolo debe r•·oha 1':5C , y nunca se presume. l" Todo hombre se reputa bueno y de buena fé. m•en- r.•s no so pruebe lo conll'<trio . ~,o En las causas crirninalcs no ¡n•e,lc falla1·sc impo- niendo pena, por solo prcsu n(:iones ó sospechas. Go En un:-. causa ci·imin.ll 1 la Su prerna Cbrlc no puede lidiar sobre un capitulo en •¡11e el .Juez de Soccion se ha rlcclarado inco111petcn le 1 si ol Pro e u rador fiscal no a ;1e!d ó el S1·. Procurador General no se adhim·e á la apelacion old acusado. f.'aso.- U. ,Jusé M. M ald o n;~d o, por U. \'icoule Ucaanpo, ~ e presentó ante el Poder Ejccutiro ~ac io nul, pidiendo el p<~go de doce rl•cibo:; po•· auxilios prestados al ejército del \orlo, de los cuales, siclc, susc1·ito por el coronel U. Hi- ':artlo Vera ¡Í laVOl' ele \'ill'iiiS IW l'~ O ilil S , CJ'an por sanatliJS tornaJos de auxilio, y endosaclos los J'ccibos ú H. Pedro P. S01nchez y· JIOI' esté á O. Vi cente Ocampo. Habiéndose pedido inl'vrrue ,¡ la Contaduría t;cneral y nolatlo esta oficina c¡uc los •·ecibos tonian algunas Clll:llc n- ,Jaturas, el floJcr Ejecutivo, ele acuc•·tlo con lo solicitado por ol P1·ocmador del Tesoro, •·crnitiv el t·spediente al Juez ~'edera l de la 1\ioja, ¡.ara •tue e! Procurador Fiscal dedu- jera las acciones :\ que huhiere lugar. Levantado el :;unHHio, !.echas la aeusacion y la defensa, y producidas las prud>as f'JUC el P•·ocuradu•· Fiscal 'Y el ,Jcl'cnsor del a·eo solicitaron , se dictó el