DI JUSTICIA N,\CIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 12
ID: fallos_12_48
Voces / Materias
ADUANA
Texto del Fallo
DI JUSTICIA N,\CIONAL.
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6° Que en cuanto á la partida de pnsns que los deman-
cla1dos recibieron por el e Arche • la negligencia con que
ejecutaron la comision quo se les encargó, puedo decirse
que está esplícilamente rcconoeida por los mismos, puesto
que en su citada carta do doce de Julio confiesan que á
la llegada del espresado buqur, no tu,·ioron present'e el
envío que se les hacia á causa de habé:'seles traspapala-
do el conocimiento; y <¡ue esto dió lugar á que el cor.si~na
tario del bu(¡ue procediera á la dtlsc:1rga, agregando que
la fruta llegó en mal estado, debido esto en gran parlo
al mucho trempo c¡ue h~bia estado en bodega ; y esto "on
la circnn:;tancia notable de ()UC con r.,cha ocho de Junio
sP. a\isaba por los diarios á los consignatarios de la carga
para que ocurriesen al del buque por la órtlen del des-
embarque, que hasta el 29 d~ Junio permanecía la carga
á hordo, como lo prueba la carla de Hossi de la misma
fecha, <JUO no ha sido contradicha, y que recien el trece
de Julio, cuando el Adrninislrador de Aduana ordenaba la
venta de las pasas, se presentaron los consignatarios, como
so ha establecido en el cuarto resullan\IO de la sentencia,
debiendo llamar la atcncioo que los Sres. l .. lavallol, en la
carla de f. 3 con fecha doce de Julio digan hacián pocos
días á que se habían aperc·ibido de que haLia á su con-
signacion carga éonducitla por el ~uc¡ue • Arche, • la que
avisaLao 3 1\larzo haber llc~ado en mal estado ; lo •1ue
imporla haber anlidatado la carta á nubiendils, como, asi
mismo lransmihr fillsos informes á los remitentes acerca
de la fecha en c¡ue habían recibido las mercancías, hechos
que inducen la presuncion de que los consignatarios se
consideraban realmente omisos en el cumplimiento do sus
de·beres, y que trataban de escusarse, disminuyendo el
tiemp'o transcurrido entre la llegada del buque y el recibo
do la carga, á fin de disminuir su falla ó atenuarla ¡ ¡pues