Ca10.- El Dr. Nulli, abogado de D. Juan Fiori en la
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_57
Keywords / Subjects
NULIDAD
Ruling Text
6f
fALLOS DE LA SUPREMA CORTE
Ca10.- El Dr. Nulli, abogado de D. Juan Fiori en la
causa seguida por esto contra los Sres. Schatz y C•, ante el
Juzgado Nacional de Buenos Aires, pidió la regulacion de sus
honorario.;, la que se practicó haciéndose saber á las parles.
No habiendo Fiori satisfecho su importe, el Dr. Nulli
pidió el pago por la vía de apremio.
Fiori excepcionó
que en la referida causa no se trataba de ne¡ocios de 1!1
sinó de D. Pedro Natta ; que se babia hecho un convenio
entre él y Natt3 declarándose á cargo de este los gastos
correspondientes, y que el Dr. Nulli que había inter\'enido
en el mismo com•enio, y redactadolo, sabia que era Nalla
su deudor ; '1 que en tal \'irtud, antes de demarndar (1 Fiori,
babia pasado á Nalta la misma cuenta; agregó que estaba
tlispuesto á probar su excepcion con el juramento del Dr.
~ulli con arreglo al art. 316 de la ley de procedimientos.
El Dr. Nulli, interrogado bajo de juramento, contestó
que er.t verdad que babia redactado como abogado ese
Jrreglo entre Naua y Fiori, pero que él no fuá parle,
ni renunció á ninguno de sus derechos.
El Juez ordenó el comparendo de los interesados á los
efectos del art. 318 de la ley de procedimientos. El ac-
tuario certificó que habieñdo pasado por el domicilio de
Fiori y no habiéndolo encontrado y negándose las personas
allí residentes á recibir la cédula de citacion, la fijó en la
puerta de calle. No habiendo Fiori comparecido, el juez
mandó llevar adAiante la ejecucion con arreglo al art. 319
de la ley de procedimientos.
Fiori reclamó diciendo de nulidad de esta providencia y
alegando que no babia tenido noticia del día en que debía
tener lu¡ar el juicio verbal; que no se le babia dejado el
ceduloo en el domicilio que tenia constituido para este
asunto, sino en el estudio del Dr. Terrero adonde lo en-
contró doce dias despues del señalado para el comparendo.