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OE JUSTICRA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_60

Texto del Fallo

OE JUSTICRA NACIONAL. 05 Sustanciada la causa, el Juzgado llamó autos para sen- tencia-deflnili\·a, en cuyo estado Van Oeurs pidió inforll!lar in voce y se señaló día para la audiencia. No habiendo comparecido Van Uours V· S I el Dr. Gomez, . se le\'antó la siguiente En rcinle y ocho de Mayo de mil ochocientos setenta y tlos.: compareció ante su Seiioría el Doctor. • Don Juan Cñrlos Gomcz, abogado de la parte de Don Tom:ís Pietra- nera, para informar in vorc, y el Juzgado teniendo presente, que solo la parte Van Oeurs pidió informar dentro del tér- mino establecid p•ar el articulo ciento ochenta do la Ley ele procedimientos y t¡uo no ha concurrido al informe, y considerando, c¡ue la r;1wn dada por el Doctor Gomez,. que una vez sei1ulada la audiencia es comun para ambas parles, no es fundada, porque solo es comun concurriendo ambas partes, de manera que el que no laa podado informar solo tiene el derecho de replicar, y e~to dandi) una iutc:rpr.e- lacion cslcnsira al artículo citatlo, decidió no admitir di- cho iuforme ; y habicn,lo apt·la.lo el Doctor G o m .~z, el Ju.7.- gaclo, considerando fJUC 11cgun el a•·tículo citJnto ochcu ta citado, el abogaliO tiene personería ·en este caso, couced ~ ó la a pclacion en relacion, maau.lantlo pasar los autos {t la Corte Suprema en la forma de t'slilo, y mandó reponer los sellos. Zat·altla. J. Cárlos Come~. Ante mí Juan Ri&o. Elevado el es ped ien te, se dictó este T. 111 . • 5