DE JUSTICIA N,\CIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_72
Texto del Fallo
DE JUSTICIA N,\CIONAL.
1i
Con fecha 7 ele Junio el actuario puso el certificado
cle t.aber voncido el término 'de la prueba, seiaalanclo
las fojas en que estaban coulprendiclas las que se hab:an
producido.
Con fecha 4 clel mismo mAs, Rebollo había presentado
un interrogatorio y la lista de sus testigos, pidiendo que
el'los fuesen examinados.
Buenos Aires, Junio 10 tle 1141':1!.
UabiénJose lH.!citO la manifcsl<.wiua t:.\ig¡da por el arUcuio
t20 de la ley de procedimientos en el mismo dia en
que espiraba el término de prueba, y por consecuencia
sin la anticipacion prevenida en el articulo citado ; no
ha lugar á lo pedido.
lava/da.
Not.ificado Rebollo, pidió re\'OCatori;¡ ó apelacion en
subsidio.
Dij•1 que el art. t 20 do la ley de procedimientos no
establece que la lista de los testigos se ha de presentar
tr.es días ántes de vencer el término de prueba, sinó
tres días ántes de ser cxilminatlos, y que si se le diera
otra interpret~ cion, resultaría que el mayor término de
prueba ordinaria seria de 27 días y no de 30 .como dice
el art. !H de la misma ley.
En un otrosí elijo que habiéndose librado oficio á las
autoridades de Córcloha para el
rcco no~imiento de unos
documentos, ac"rdándose el término á rnzon de un dia
por cada 7 leguas, pcdia se suspendiese la puhlicacion de
probanzas, hasta q•Je se \'Cociera en término.