DE JUSTICIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_90
Judges
Costa
Ruling Text
r
DE JUSTICIA NACIONAL.
95
acusado rebeldía por Don Francisco Conle, de conformidad
:í lo dispuesto en el artículo doscientos catorce de la
ley de procedimientos, se declara en cuanto á él desierta
la apelacion : Y' habiendo desistido Conte de la que por
su parte interpuso, admitese el desistimiento : devuélvase,
en consecuencia los autos, prévio pago de costas y rc-
posicion· de sellos.
SuvAI>oR MARiA DEL CARRIL.- FnAN-
ctsco DELGADO.- JosÉ BAnnos
PAZOS. -
MAI\CELINO UGARTE.
CAU6A LXXIV.
D. Juan n. Costa, C01llra D. José Badarraco, por daño$
y perjuicios.
Sumario. -1 o Aun cuando por regla general las deudas
procedentes de la construceion de un buquo tienen pri-
vilegio sobre el mismo, ese privilegio cesa y se trasmite
sobre el precio, en los casos do venta judicial 6 de re-
nuncia espresa ó tácita de él.