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Cou estos antecedentes so tlictó el siguiente

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_135

Jueces

Ocampo

Voces / Materias

NULIDAD

Texto del Fallo

140 FALLOS DE LA SUPREMA COI\TE no habia percibido nada que no se hallara de acucrdu con los principios establecidos en dicho fallo. Cou estos antecedentes so tlictó el siguiente •••JI• del .luea ~~teeeleaal . Rosario, Enero 1 !1 de 1872. \' vistos : Considerando (¡ue la escepcion de nulidad, opuesta ante esto Juzgado por el Procura1lor Fiscal de la Seccion, de la sentencia pronunciada por la Suprema Corte do Justicia, en la causa seguida por D. Manuel Ocampo con- tra el Gobierno Nacional, r.o tiene apoyo en la legislacion Española, que ha regido los procedimiAntos ju•licialos hasta la ley do U. de Setiembre d€' t 863, y que esta nada contiene tampoco que autorice al juzgt~do á entender en cscepcion<'s de nulidad opues ta~ en caso alguno, ai fallo do un tribunal supremo, llel que no <¡ueda mas recurso que el de •·evision croado por el articulo 7o de la loy de 16 do Octubre do 1862 y en los casos establecidos por d artículo 2-H do la do '14 de Setiembre do i 863, declarando el 24 7 que la sentencia que en ese grado pronunciare la Suprema Corto sea confirmato- ri:J ó re,·ocaloria Jo la quo so dictó en primera instancia, hara cosa juzgatla. - · Por tanto : No lia lugar á la oscepcion opuesta y há¡;ase saber. luviria. J...:l Procurador Fiscal apolú y se le concetliú el recurso en t·clacion. La Corte viú la causa cu 2 de Mayo úlliu)O ¡y, para mejor proveer, Jió vista al St·. Procut·adot• General, quien pidió so olot·¡;ara al Fisco el recurso de rcslilucion i11 it~le ­ yrum, reponiémiosc la causa al estado de ~G de Junio de l8i t Mmdolo \"Ísta, y \'n ca:w de nc¡;arsc c:sh: rcclnsu, en·