Cou estos antecedentes so tlictó el siguiente
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_135
Jueces
Ocampo
Voces / Materias
NULIDAD
Texto del Fallo
140
FALLOS DE LA SUPREMA COI\TE
no habia percibido nada que no se hallara de acucrdu con
los principios establecidos en dicho fallo.
Cou estos antecedentes so tlictó el siguiente
•••JI• del .luea ~~teeeleaal .
Rosario, Enero 1 !1 de 1872.
\' vistos : Considerando (¡ue la escepcion de nulidad,
opuesta ante esto Juzgado por el Procura1lor Fiscal de la
Seccion, de la sentencia pronunciada por la Suprema Corte
do Justicia, en la causa seguida por D. Manuel Ocampo con-
tra el Gobierno Nacional, r.o tiene apoyo en la legislacion
Española, que ha regido los procedimiAntos ju•licialos hasta
la ley do U. de Setiembre d€' t 863, y que esta nada contiene
tampoco que autorice al juzgt~do á entender en cscepcion<'s
de nulidad opues ta~ en caso alguno, ai fallo do un tribunal
supremo, llel que no <¡ueda mas recurso que el de •·evision
croado por el articulo 7o de la loy de 16 do Octubre do 1862
y en los casos establecidos por d artículo 2-H do la do '14 de
Setiembre do i 863, declarando el 24 7 que la sentencia que
en ese grado pronunciare la Suprema Corto sea confirmato-
ri:J ó re,·ocaloria Jo la quo so dictó en primera instancia,
hara cosa juzgatla. - · Por tanto : No lia lugar á la oscepcion
opuesta y há¡;ase saber.
luviria.
J...:l Procurador Fiscal apolú y se le concetliú el recurso en
t·clacion. La Corte viú la causa cu 2 de Mayo úlliu)O ¡y, para
mejor proveer, Jió vista al St·. Procut·adot• General, quien
pidió so olot·¡;ara al Fisco el recurso de rcslilucion i11 it~le
yrum, reponiémiosc la causa al estado de ~G de Junio de
l8i t Mmdolo \"Ísta, y \'n ca:w de nc¡;arsc c:sh: rcclnsu, en·