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DE JUSTICIA N,\CIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 12 ID: fallos_12_168

Judges

Ocampo

Keywords / Subjects

ADUANA PROPIEDAD

Ruling Text

DE JUSTICIA N,\CIONAL. 173 para los que reclama • piona fó • el seitor Procurador á foja ciento cuarenta y nueve vuelta, y están hoJ conflrmados por el cuadro do foja ciento treinta y cuatro y por el informe do foja ciento treinta y cinco en cuanto al hecho sustancial. L3 disposicion, por tanto de las dos leyes de Partida, que reruerda el seiior Procurador, est•í im•ocarla sin perlinencifl. La tercera aflrmacion es la do que el f;~ llo de la Curte es contradictorio con su doctrina. La doctrina, pues, no es la impugnada como contraria á In ley. Lo que se impugna es la aplicacion de la doctrina. Suponil'ndo que la impu- tacion fuera cierta, eso constituiría un error de aprccia- cion, y no una violacwn tic la ley, palmaria, evidente prima (ocie, resallante • :í lo!.- ojos de todos sin nccesidati de cliscursos ni argumentos, • como S(' necesita para deci r que hay en la sentencia • el carácter dcJ una injusticia ó nuli- dacl notoria. • ' Pero la imputacion no es cierta. La parte dispositiva del fallo es concord:mte con la doctriua 1¡ue le sir,·e de fundamento, y la doctrina es legal, es moral, y está auto- rizada por una d c ·~i s ion tic la Suprema Corte de los Esta- dos Unidos, cuyas sentcnt:ias se citan en todo el mundo Ct>n respeto. El fallo de foja ochenta y dos dispuso 1¡ue, • 11i Don ~ta ­ n u el Ocampo justifica que son de su propiedad ~ns merca- tlerías embargadas y rematadas por la aduana, para el pago de las obligacioDP.s de Palacios, so le debe entregar srt importe por la Administracio·n de Rentas en la ciurlad del Hosario, con cletluccion de la canlidacl tr que ascienden los derechos correspondientes á las mismas mercaderías romaladas. • Los fundamentos de derecho que establecen la doctrina de ese fallo, son :