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CAUAA LI~IIX.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 12 ID: fallos_12_185

Keywords / Subjects

SEGURO VOTO

Ruling Text

.t 00 11 AL LOS lJE LA SllPRBIIA COI\TJt CAUAA LI~IIX. A Devoto y hermano, contra D. Pablo Voltmer, copilan tle la barta • B. C. Pelers, • sol~re indemni;aciott de doño& y perjuicios y cobro de fletes. Sumario. - 4 o Loa capitanes no son responsables tle l.as averías causadas por infortunio y accidentes de mar. 2o Para ello es uecesario que justifiquen que las avcrlas han provenido realmente de tales accidentes, habilitilndo así á los cargadores para reclamar de lo$ seguros el impoa·te de aquellas. 3" No habiendo ocurrido accidentes estraordiinarios, y contstando <¡ue la carga sufrió averías por el agua introduw cida en las cscoltllas, ht avcrh• es imputahlo al capilan. 4'' Para que el caprtau sea respun:-able de la avería, basta el hecho de no justifil:arse por él que la r11isma Ira pr·occ- dido de vicio propio de la Cl•Sa, fut:rza mayor 6 culpa del cargador. 5" Las averías comprenden no solo el deterioro de la carga, sinó lambicn la cantidad que se entrega de ménos. 6o La cláusula puesta en el cl.lnocimientu de ignorar su número, peso y contenido no favorece al capitan, cuando