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DE JUSTICIA NAC..:JONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_198

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NAC..:JONAL. 203 biese alterado durante el via,je el Hrrumaje que teni·t la car- ga ánles de empezar el viaje, ni IJUbiese ubierlo los sacos ó bultos que contenían los efectos para pasarlos á otros sacos¡ y en este caso el Ca¡1itan ha faltarl•l á los debcre!l ele tal, haciendo pasar la harina de unos s~1cos á otros y h:tciendo la\':tr los sacos que la contenían, y no hubiéndoso hecho esta~ operaciones en presencia del cargadur ó ar- mador, falta la garantía de que se hicie:~eu sin pérdi(la t.lf\ parle de dicho urticulo, lo qu · ~ ~s tanto mas necesario, cuanto que- pucliendo en parte haber estado la harina la n mojada que no fuese posihlu su consen·;¡cion junto con el resto de la carga , ha podido arrojarse ;i la 111ar y prononir clo esto la t.lismir.ucion. t t o Que por otra patliC si nu ha habido dolo por parle del Ca pitan, ha hahido por lo menos culpa grave ó lata que la constituyen hechos ó ele parl.e del Capitan •1ue sa- bia este quo no debia purmilirso como ser el can1bio do bolsns ó sacos, variacion Jet arrumaje y t cultacion clt: to- dos estos l11!chos al llegar á este puerto, no pudienrlu d•·· cirse que lo hiciese pt>r mera ucgligencia, puesto que 110 la llay f:n llecbos posit1ros; y cquiparán•lo~e los cf~ctos de IJ culpa lata ó las del dnlo, lal•t c ~tlprt clolo eq11ipa ralur, co· mo d ie~ una t•cgla •le flercclu>, no cumpli1·ia el Capitan en lt•s tér111inos tlcl articui,, 1-:!Uii Jcl CJdigo de Co mercio cou ont•·cga•· lo:~ t:l'cctos que de 1" Jlt!rlcnencia de A. Ue,·oto y llermano, se encontmrou flll l<t barca • 8. C. Pl•lers • cuando llegó á esto puerto, supuniewdo que dicho artículo fue:.c aplicable al caso, pot·quo el mismo hnce e:~cepcion cuatiHI•• h •• llicse •lolo por pal'le del Capitan. t 2o Que respeclo al cuantu ele los dailtlS clelle ac·cpt•trso ol que fijan los por•tos Cll su inlimnc de l. t3, no sulu porque no ha sido contradicho por el demandante, lo que con arrt>glo itl artículo 86 de la ley ele procedimientos Jlue- •