D! JUSTICIA NACIONAL.
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 12
ID: fallos_12_208
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
Ruling Text
D! JUSTICIA NACIONAL.
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de una r!!clamacion del Gobierno Nacional al de Entre-
Ríos ¡ y en' caso de venir ante los Tribunales no seria
en e!lta causa, sino por una demanda en forma contra
la provincia de Entre-Ríos.
En esto proceso no hay objeto alguno judicial, y es
por esto que no sabiendo los Jueces como proceder, y
no queriendo tal vez disgustar al Gobierno que mandó
formar la causa, tanto el provincial como el nacional
se Lan 1leclarado sin jurisdiccion.
Y V. E. á quien so ha a¡leiado para . que decida este
conniclo, tampoco puede decir á qué jurisdiccion per-
tenece el conocimiento de la causa porque no llay accion
alguna entablada.
Si se hubiera demandadt> á lturraspc para la devolu-
cion. de los caballos agnnos, pertenecería indudablemente
al fuero nacional ; porque este ciudadano es vecino de
otra provincia : porque es Cónsul Oriental ¡ y porque en
el cjerci~io de su comisioo representaba á la Nacion.
Pero no hay tal accion ¡ y los procedimientos crimi·
nales que SI) han iniciado son una vergonzosa farza, in-
digna do la seriedad de un tribunal.
En esta ,·irtud pido á V. K se sirva mandar sobreseer
en esta causa, y devolver los autos al Juez de Scccioo,
para quo los archive en su Juzgado.
Ouenos Aires, A¡;osto 11 de f 812.
Vistos : y considerando- Primero, que la imputacioo
hecha á Don José lturraspe. de haber señalado y marcado
como de propiedad nacional, caballos y mulas de propie-