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AduanA que loa condena al paro de dobles derechos por

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 12 ID: fallos_12_265

Judges

Costa

Keywords / Subjects

ADUANA

Ruling Text

~10 FALLOS DE LA SUPRIMA CORTE AduanA que loa condena al paro de dobles derechos por ralsa maoifestacion de una partida de aguardiente¡ con lo eapue~lo por el Procurador Fiscal en la vista precedente y considarando además que segun los artículos tt ~2 y tt 2S dts las Ordenanzas da Aduana, en los casos de falsa mani- feslacion corresponde 6 los Administradores apreciar equi- tali\'lmente las circúnslancias atenuantes ó escusanles de este hecho, lo que importa que sus resoluciones á este respecto no pueden ser reformadas por el hecho de ale- garse que no se han hecho un uso prudente de est1 facul- tad, pues la apelacion importa la pretension de que la sentencia que se apela no está dictada conforme á derecho, lo que no puede pretenderse en este caso, por cuanto la facultad de apreciar deriva de la misma ley, confirmase con costas la sentencia apelada¡ en su consecuencia de- \•uélvase á la Aduana los autos, satisftlclaaa que sean aque- llas y repuestos los sellos. Andrú Ugarriw. Esta sentencia fué confirmada por el siguiente W'aU. .. la •••n=• C:erte. Buenos Aires, Setiembre t 7 de t 87!. Y vistos : de conformidad con lo espuesto y pedido por el seitor Procurador General y por sus fundamentos, se cooflrma con costa• el auto •pelado do foja trece, y sa- tisfechas estas y repuestos los sellos devuélvanse. SALVADOR MARIA DEL CARRIL.-FRAN- ClSCO DELGADO. - JosÉ B. Go- ROSTIAGA. 1 ce: T ., :ao 1