← Back to results

DE IUSTJCJA NACIONAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_288

Judges

Ramos Costa

Keywords / Subjects

RESPONSABILIDAD

Ruling Text

DE IUSTJCJA NACIONAL !93 3o Que con este· reconocimiento hecho por el gerente do la razon social e Salvador 1\ubert y C• •, la parto de To- ranzo pidió el pago ejecutivo de la cantidad que representa la cuenta corrientu de f. 3, intereses y costas¡ á cuya solicitud el J uzg:~tlu no prove~·ó do CC\nformidad por no con- siderar título bastante los documentos en r¡uc se fundaLa la accion ejeculi\'a, y se ordenó se corriera traslado á la parte do Sal\'aclor Rubert y O . 4" Qua evac~uado el traslado por D. Fructuoso Mnr· tincz, apoderado do los Señores Sal\'arlor Hubert y com- pañía, pide se deseche con costas la demanda, porque los Sres. Sah·ador RuiJerl y cornpaiaía <•brMon como manda- tarios de los Sres. Sanchez y f\nmos Otero. y que como talos no tienen responsabilidad de ninguna clase, porr¡ue no han rxcedido los límites clel mandato, y aunque así laubiera sido, tampoc., había responsaLilidad ninguna para sus rc•presentados tlcsdt! que Ctln fecha 3 ele Enero de 1870 dieron cuenta de In realizacion del negocio, y que los Sres. Sanchez y 1\amos Otero guarclaron E ilencio hasta el 15 de Febrero del mismo ai'ío, en que recien les escriben á sus rcpresentílllos prcgunt3ntlolcs si obtu\'Íeron la garantía ele los comprall,)res E s t;~ni sbo Ramos é laijos, que aceptaron el ne~ocio, ya por su silencio que i111porta una aprobacion tácita, ya tambion por haber dojado p:tsar el término que el Código señala sin la requerida contestacic•n. 5o Que se recibió la causo á prueba á fin de que las partes acretlitaran los siguientes puntos : - i o Si los Sres. Sanchez y 1\amos Otero aceptaron la ne¡;ociacion !techa con la casa de Estanislao Ramos é hijos, prescin- <liendo de la garantía que exi¡;ian en su primera carta de f. L - 2o Si los Sres. Salvador Rubert y compañia ob· tubieron de los comp•·adores el conocimiento de los frutos del país que estaban pata embarcar y el pago en erectivo