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DE ~USnCJA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_292

Judges

Ramos Costa

Keywords / Subjects

RESPONSABILIDAD

Ruling Text

DE ~USnCJA NACIONAL. 297 cuenta de su cometido con las responsabilidades que les impone el Código en sus arllculos 303, 318, 319, 322 y dernas que le son congruentes. So Que no es aceptable la escepcion de la parte deman- dada para no haber exijido la garantía á los compradores, porque la que le ofrecían no satisfacía á los Sres. Salvador 1\ubert y C•, pues la garantía debió ser pré\'ia á la entrega del nagocio, de acuerdo :\ lns ~nstruc~ioues de sus mandan- tes, y no siendo esta aceptable, no debieron enlónces en- tregarle la factura, llenando asl sus obligaciones como mandatarios, so pena de los daños, omne damnt4m, que resultase al mandante por su f.tlta de cumplimiento, porque si es libre el mandatario do aceptar el mandato ofrecido, ó no, despucs de ace¡ltado l•ay oblig:tcion de cumplirlo, esta disposiciun es uniformo en el derecho mercantil y ci\•il. Por estas consideraciones, fallo : que los Sres. Salyador 1\ubcrt y C• son responsables á los Sres. Vcnancio Sanchez .v Ca del valor do la facturl •1ue les consignaron los Sres. Sanchez y llamos Otero, ~n 2:! de Diciembre de t869, con mas los intereses venciclos á estilo de comercio, con costas; quedando á salvo el derecho de los Sres. Salv.ldor 1\uberl y e• para repetir contra los Sres. Estanislao Ramos é hijos. llcígase saber, repónganse los sellos y publíquese. l' por esta mi sent~ncia definitivamente juzgandl.l, as( lo pro- nuncio, ordeno y mando en el salon del Juzgado Nacional de la Seccion de Entrc-1\ios, en la ciudad del ParanA á los quince días del mes de Julio de mil ochocientos setenta y dos. flamoJJ Febre. Interpuesto y concedido li bremcnte el recurso da ape- lacion, Rubcrt y compañía espresando agrdvios dijerGn : que el t:ncargo rccibiiJo por ellos eru un m1_ndato comercial