JUSTICIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 12
ID: fallos_12_342
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
CONTRATO
Ruling Text
OH
JUSTICIA NACIONAL.
34i
teniendo el préstamo otro objeto IJUe el tic abonar á O. Josfo
Uadaraco, retuviesen los demandados por tanto tiempo
cantidades relaliramente consitlerahlos sin entregarlas, como
igualmente que durante lo mas fuerte de la epidemia se pre!l-
tase tan consitlerable cantitladl .\ los tltltnantlaJos, esto ~s,
cuando la ciudad estaba c<~si ucsierla, y los negocios estaban
completamente paralizados.
8° Que en t·unnto á las d e m:~ s entregas que los rlcman-
dados dice u h ab~; r hecho aute.i de!l lO de Abril del año
próxitno pnsado; han sitio
n (' ~ ;ula s por el demandante, y
no tienen otro juslificatiro que la afirmacion de los deman-
dados, insuficiente para hAcer fé en juicio, como terminan-
temente lo prescribe la ley, y por consecuencia deben ser
repelidas. \' cunsiJeranJu ora cuanloJ la reconvencion de-
ducida por los dcm:uuladus : l o Que tratándose do la ron-
•licion rle cuentas de la venta y comision de los billetes de
una rifa 6 de la entrega del \'alor de dichos billetes, el ju7.·
¡.;ado no es competente para conocer de ella por raz·m de
la materia, pues nunque los hillctes pertenezcan á In rifa
de un 1Ju(1ue, no es un nsunto concernientt! á la nave-
ga•:ion ó comercio marítimo, como lo dispone la ley sobre
jurisdiocion y compcleucia do los 'l'rilmnales 1\aciorwles,
sinú un asunto pur:uncnle ci\'il regido ¡JOr las lt!yes re-
lat iva~ al contrato de comí ion ó de
mandato. -~~~ Que
el hecho de haiJer si•lo dtl,Ju,:ida como rcconvencioo, y
de l•allor el actor conles ta~o á ella, sin deducir la in-
competencia, y por consecuencia aeeptado a111bas parles
la jurisdiccion de este juz~aJo, no es ltastante para proro-
garla, porque, con arrt!glo al art. to de la le)· de procedi-
mientos nacionales, la jurisdiccion de los Tribunales y juz-
gados Nacionales no es prorogaiJio sobre personas y cosas
ageoas á ella, aun cuando las partes interesadas consien-
tan en la prorogacion. -
3o Que aunque es verdad que loa