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DE JUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_348

Jueces

Costa

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACIONAL. 353 r·l estado dn los autos ; y que debía el juicio seguirse con el mismo Cuyás, pero ante el Juez de Provincia. t'allo del ol11ez de keeion. Buenos Aires, Setiembre 5 de 1gi1. Por los fundamentos legales <Hlucidos en los escritos in- sertos ''" el precedente oficio, declárase incompetente este juzgado, y remítase en la forma de estilo todo lo actuado al Sr. Juez de t • Instancia en lo civil Dr. D. Horacio Mar- lcll con noticia del recurrente. f_j~¡arri:.a . Cnyás npcl(, para ante la Suprema Corte, dijo : que los fun damentos de los nntcriores escritos se reducían á sos- tenor que se habia prnr•1gado In jurisdiccion pro\'iocial ; f)IIC esto no podin admitirse en el c:~so pM tratarse de un juicio ejcculi\'O en que no hay demanda que contestar ; que la prorngaci•m de la jurisrliccion nacional debo limi- tarse á los casos esprcsatlos por 13 ley. Concedido el recurso en t•elacion, se tiictJ el siguiente t'alln d• la !iiupl'f'ma {;ortf'. BucuO$ Ai.-es, Octubre':!.\ rlc t8i 2. Vistos : Por sus fundamentos se confirma con costas el auto apelado do foja caiorcc ntelta ; satisfechas y rcpúestos ltJs sellos, devuélranse. S.\L\'AOOJ\ M.-\IHA DEL CAnnu •. - F'nANCJSCO UEu;, oo.-Jost=: BARROS PAzos. - Jost: B. Gnnosrw;A. - J. UoMI~G UEZ .