DE JUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_348
Jueces
Costa
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL.
353
r·l estado dn los autos ; y que debía el juicio seguirse con
el mismo Cuyás, pero ante el Juez de Provincia.
t'allo del ol11ez de keeion.
Buenos Aires, Setiembre 5 de 1gi1.
Por los fundamentos legales <Hlucidos en los escritos in-
sertos ''" el precedente oficio, declárase incompetente este
juzgado, y remítase en la forma de estilo todo lo actuado
al Sr. Juez de t • Instancia en lo civil Dr. D. Horacio Mar-
lcll con noticia del recurrente.
f_j~¡arri:.a .
Cnyás npcl(, para ante la Suprema Corte, dijo : que los
fun damentos de los nntcriores escritos se reducían á sos-
tenor que se habia prnr•1gado In jurisdiccion pro\'iocial ;
f)IIC esto no podin admitirse en el c:~so pM tratarse de un
juicio ejcculi\'O en que no hay demanda que contestar ;
que la prorngaci•m de la jurisrliccion nacional debo limi-
tarse á los casos esprcsatlos por 13 ley.
Concedido el recurso en t•elacion, se tiictJ el siguiente
t'alln d• la !iiupl'f'ma {;ortf'.
BucuO$ Ai.-es, Octubre':!.\ rlc t8i 2.
Vistos : Por sus fundamentos se confirma con costas el
auto apelado do foja caiorcc ntelta ; satisfechas y rcpúestos
ltJs sellos, devuélranse.
S.\L\'AOOJ\ M.-\IHA DEL CAnnu •. -
F'nANCJSCO
UEu;, oo.-Jost=: BARROS PAzos. - Jost:
B. Gnnosrw;A. -
J. UoMI~G UEZ .