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DE JUSTICIA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 12 ID: fallos_12_372

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIONAL. 377 Coso. - Don Jacinto Ftlbrés de no,·ira, cslrungcro, se presentó ante el Juez Fcder·al Jo Uucnos Atrcs osporuemlo: quo ltnLia sido violcntnmt>nlc tlcs¡llljaolo p•tr la ~luni c ipa­ lifl:ul de su establccitnicnto de • Esr.ucla rlo Artes y OOcios • planlcatla en l'nlct•nto, hacia 8 aitos en virtud de contrato t~ clcb r ado con la ~l u n ici p .t lid,td del l'artido u\3 Bul¡;rano, bajo cuya jurislliccion cslaha la localidad en a•1ucltwrupo. l'iJió, interponiendo interdicto de dnspnjo contrcJ la mu- nicipalidad, fuese esta contlcnada á la tcstiturion de la posesion •1ue tenia. C .. nvocadns á j 11 iCÍl) \'Orha 1 1lcspuos de varias tra Ol i la- CÍOllCS1 el abngado do la .\lunicipaliduJ declinó de jurisJic- cion fttmlatlo en las siguientes razone:. : ·1• Porque Fehrés tle 1\uvi•·a era Coronel de Ingenieros do la Nac10n y por lo tant o, ciudadanCJ argentino. ',ta Por•111e, con :url'glo at arl. lo, tít. Go, ' ce. 3:~, lill. 2o, Cú•ltgo Civil, 1 :~ causa tlebin ses· resue:lta por la Muni- cipaliJad en su c a ráct~ r auministrali\'o, con arre~ lu ú lo d1spuesto en la ley org<inica de 3 de i'ioviembrc de 1 8G~ •. 3• Porque el a unto habia sido resuelto ya por la Muni- cipalidad, lenienflo ,¡ la \'isla todos los :mtecl!dentes que le habi:m sido remitidos por el Gobierno de la l's·ovincia. El llr. Palacios, nhogado de f ehrús rle Hovira, contestr.: 1" Que el hecho de haher pr<'slado servicios {t la Nactou en aitos anteriores no clalta A Fehrés de 1\o\'ira el cnrár.ler de ciurlarlano nrgentino, pues, In ciudadanía oo la HE'pt't- blica no se intponia á los eslrnngcros, sinó 'lue se lt•s cuncedia como una gracia, prévio juramer,to anle el Juf•z curnpotcnte, segun lo establecido en la ley de 1 o de Ut·lu- hro de t 8G9. :"!t) Que el art. citado del Código Civil no l.abla dt! cosnpetencias de tribunales, y t¡ue la del Juzgado de Scc- cion estaba declarada en la ley de 14 de Seliem Lre de t 86!l T . 111 '26