Y considerando : -
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_379
Jueces
Uon Tuófilo
Texto del Fallo
FALLOS DE LA SUP"EMA CORTE
Y considerando : -
Primern, que la carta requisitoria li-
brada al Juez do P;•z de Gualeguayc\. ú para nutiftcar la
demanda al Curonc 1 Gonzalt!z no con ti o u e o m plaza 111 iculo,
pues no lo Oja el tér111iuo dentro del cual del!icra e mpa-
re•·er, infrinjiéndosc asi el artículo sesenta y seis de la ley
•1e
procerlimi e nto~t que di::p<Hte que e si P.l c¡uc ha de ser
• d tado se hallase en ajena jurisdiccion, se veriOcnl'a la
• citacion por met.l¡o de la competente carta do emplaza·
e miento • ; -
Sey t~nrlu, que, aunr¡ue lo contiene la se-
gunda requi itoria, siendo solo ele tres d1as, y bajo aper-
cihimiento de procederse en rebeldía, se ha infrinjiclo el
articulo setenta y dos quo estatuye que el demanflado
podrá oponer esce~Jc ion es dilaturias donlro de los nutlve
dias subsiguientes al del ,·encinaiento del término del em-
plazamiento cuando residiese fuera del lugar del juicio; -
Tercero, que estando presí!rito en los artículos no\"enta y
dos, doscientos once y doscientos treinta y uno que á los
'Juu se hallen ausAntcs de él, se les asigne un dia mas,
por cada siete leguas, para hacer pruebn, rurjorar el re-
cun~o de apela.;ion ó interponer el do quej:t, en vez de se-
ñalar el Juez un término mas
l <~ rgo que el ordinario lo
t.a reducido á punto de hacer imposible la ejecucion dentro
di) él, del ar.to prect•ptu.tdu atcncli•la la distancia r¡ue !110-
d•a entre esta ciud<HI y la •lo Gualcguayciii'J, y las oven-,
tualidades do la comunicaciuu flurial ; -Cwzrlo, que ha-
IJit;udose prllsénhulo el Doctor Uon Tuófilo
(~arc i <t con
¡u,.ler del C!lroncl Gouzalez el dia \"cintiuno de ~o t iembrc,
pidiendo se le Mtiflca o la demanda y oponientlo la es~e p·
cion de declinatoria de jurisdiccion ; no t.a debido el .Jue~
llamar los autos en reLeldia, ni dt•ncgarle audiencia como
lo l11zo por las pru\•i,lencias del veinlitres dt•l mismo, cor-
rionttls á ft~jns catorce y t¡uince \"uelta ; Primero, porque
el Coronel Gonzalez, estando impedido para comparecer