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DE JUSTICIA NACIONAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 12 ID: fallos_12_384

Voces / Materias

BANCO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACIONAL 389 los, como lo esprosan en su contc Lacion á la demanda, Ita pasndo con exceso el plazo sciaalado por el Código pa- ra ltaccrlo; y por consecuencia Ita caducado, segun los dichos artículos Hi.G y t.H7, el dcreeho que pudieron tL•nor poro rc..tauaar por t:alla~ ó tlisminuciun de las rnP.r· cnncias dcseaubarcadas en las lanchus de los Sres. Vi- cenle Casares é hijos. Por estos fundamentos fallo condenando á los Seiaores Mendilegui y Sallalo '' niJouar á los Señores Vicente Casares é la ijos la canlitlad de trece mil seiscientos cua- renla y siete pesos nao11t:da t:ofl'ieule, rpae inaporla la caac·uta corriente de f. 1 y 2, por lanchaje!', y á mas al f'ill:)O du ¡,,s inllll'oscs :í estilo de banco y á eompulnr- se desde la demanda; y si n especial conllenacion en cos- tas. l\1•púnganse los sellO!> y nolil'iqucsc con el original. JlJanrul Zamlcla. Interpuesto y conccdatlo libremente el recurso de ape- lacion, los apelantes pidil'l·on la revocacion do la sen len· cia y la dcrolucion Jo los autos al inferior para (I'JC se recil·icra la causa á pruuha. Dijeron que el juez a quo laaiJ1a clehitlo ovcri~uar los heclaos; que los arts. •124fj y 12·i7 se reflcro•n ú las rolacionos cutre Octantes y fleta- dores; que las operaciones dt1 los lancheros pertenectln al colllcrcio tnrroslrc; fJUI' el arl. 1 !JO rlcl CóJ. ele Coan. aplica á los duciaos clo land1as etc. las disposiciones re- lati,·as ;Í los :tcarrcatlnrcs rte. i que el art. 1 un impone al acarreador la rcsporasa hiliclad d o1 los dest;tlcos; que el arl. 175 cstahlcco un térraaino de 24 laoras en el solo caso de reclamo por detrianentos y nada dice del caso de re- clamo por pérdiJas; que este mismo artículo ·t 7il no exi- ¡;e el reconocimiento de los arts. t 246 y 124.7 ¡ quo no