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DE .JUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_386

Jueces

Costa

Texto del Fallo

DE .JUSTICIA NACIONAL. 39t avería como por pérdidas, de lo cual vienen tratando los arlít'ulos precedentes¡ y aunque asi no fuera habiendo la misuaa ó mayor razon, debería aplicarse el mismo de- rucho en curnplirnicnto del artículo catorce de las He- gl<ls Generales - segundo, l'orque consta que no se ·h.m cumplido los requisitos de dichos artículos y (¡uc por el cor.trario se ha pagado el flete de los efectos á (jUC se r·tlfiore la contrademanda, dcclaramlo sin contradiccion el demandante haberlo recibido¡ se confirma con costas la la sentencia apelada de foja veinte y tres y sa li s f~ch as lits do Hsla instancia, devuélyanse. • SALVADOR MARIA DEL CARRIL. - FnANCISCo D ELG,\rJo -JosÉ UAnnos PAzos. - Jost 8. GonoSTI.U:A. - J. DOMINCUEZ •