DE .JUSTICIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_386
Judges
Costa
Ruling Text
DE .JUSTICIA NACIONAL.
39t
avería como por pérdidas, de lo cual vienen tratando los
arlít'ulos precedentes¡ y aunque asi no fuera habiendo la
misuaa ó mayor razon, debería aplicarse el mismo de-
rucho en curnplirnicnto del artículo catorce de las He-
gl<ls Generales -
segundo, l'orque consta que no se ·h.m
cumplido los requisitos de dichos artículos y (¡uc por el
cor.trario se ha pagado el flete de los efectos á (jUC se
r·tlfiore la contrademanda, dcclaramlo sin contradiccion el
demandante haberlo recibido¡ se confirma con costas la
la sentencia apelada de foja veinte y tres y sa li s f~ch as
lits do Hsla instancia, devuélyanse.
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SALVADOR MARIA DEL CARRIL. -
FnANCISCo
D ELG,\rJo -JosÉ UAnnos PAzos. -
Jost
8. GonoSTI.U:A. -
J. DOMINCUEZ •