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ilnr Procurador General pidió M reformara y ¡:e le permiti•J!Ie cxprf'~ar agr·:wios. l)ijo '1

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_403

Ruling Text

408 F,\LLOS llE LA SUPIIE~A COilTE . Falla •e la •••preNa (:arte. Buenos Aires, Octubre 17 de 18i2. Por lo que resulto del precedente certifi<·ado y ú mérito ele lo dispuesto en el articulo tloscicnlos catorce de la ley tle Proce.::.niontos, duclárase dcsitH•ta la apclacion y devuél- vanse en consecuencia los autos. SALVADOR )1. DEL CARRIL. -FnA~c •s~o DELGADO. - Jost: UAnnos P;\ ZOS. ~o t i flcarl o este auto, el Sl"ilnr Procurador General pidió M reformara y ¡:e le permiti•J!Ie cxprf'~ar agr·:wios. l)ijo '1"<' ningun término corre cnntra i¡;nornntes y rtne los :-ecr·r taritJs de la C•Jrle no lo habían hecho snber la :~ p e l a ­ r ion interpuesta. La Corto mandó que informasen los sucrelarios, quienes dijeron: <¡11e lo¡: sN·retnrios nunc:l habían conHIIIÍcaclc) al . r. Procurallor Grncral la rxistonc!a de apelat'ioncs c>n lafl que inh•r,·cnia el Fi. co · que no cstnhan o b li~Mios ¡'¡ harer tale.s comunicaci•lnC por Lt ley, ni en virtud del rrglarnentn interno¡ que rl 11gicr y P!l('rihientes rle la secretnria por deferencia al Sr. P10curador GPncrnl, ncoslumbraban ;~vi s a r­ le por in. piracion propia ; ~u c el Sr. Procurador General ha penl':ulo eqni\'oc:ul;unenle c¡uc estos aclos oficiosos f'l•lanascn de alg-una di. po. it·ion lcgnl ; fJ"O por lo tanto el procetl"r tic los secretarios lla l'itlo el de sic111 pre y de con l'tl rmid <~ d al rr~la rnento. Cnrrido trasla•lo do la solicilutl del Sr. Procurador Ge- neral al defensor de Siri-;, coulestó este; que no flciJia ad- mitirse c¡ue los sccrctarios de la Corte sean agentes dal . r. Procurarlor Genrral y no deben darle av1sos, corno no