DE JUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 12
ID: fallos_12_416
Jueces
Costa
Voces / Materias
COMPETENCIA
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL.
Que si los demandantes habian tenido relaciones co-
mercialrs con Susini, es contra él 6 contra su suecsion
r¡uo dcbian dirigir su reclamo, y no contra personas que
nada lo debían y que ninguna parlicipacion hahian tenido
en los negocios q11e lo fundab:m. Quo como acreedor de
Su ~; in i y usando de un derecho perfecto habia perseguido
el pngo do un eré di to que tenia contra él, consiguiendo
que se le (>ntrcg:tsen nlgunos frutos por los Gencrallls
Aliados, con la
~ola condicion de rendir cuenta á los
l•erederos legítimos do Susini. Que había cumplido con es-
ta condicion impuesta por los tres Generales Alindos, cuyos
actos estaban fuera dol alcance 1lo los Tribunales do la
Pro\'incia como lo estaban tambion de los de la Naoion,
y quo por consiguiente, ninguna inler\'cncion lo corres-
pondía en los negocios del flnndo Susini.
Pidió se rechazara la dem:mda con costas.
Sustanciado el juicio ord i n:~rio en todos sus tri•mitcs,
se dictó este
lluenos Aires, Julio 24 de t 872.
Vistos : i\o teniendo mayor importancia todo lo que se
dice en el último alegato sobro incompetencia de este Juz-
gado on razon de que no ha aido opuesta á su debido
ti(lmpo, y por otra parto no so trata de sujetar ;í lelo do
juicio los actos de la Comision militar : llas;intloso p~in
cipalment.c la \lomanda, en r¡uo Grasso obtu\'o la pososion
de los bienes como socio do Susini, y 2
11 en el compromiso
quo contrajo con los demandantes de pagarles su crédito,
se hace necesario considerar si estos hechos han sido ,·,