UE JUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_424
Texto del Fallo
UE JUSTICIA NACIONAL.
42!)
Concedido el recurso, se dictó el siguienLe
Fallo de la 8upre1Da (;orte.
Duenos Aires, Noviembre 21 de i812.
\'istos : 1\esullanJo c¡ue el juicio ejecutivo promovido eu
mil ochocientos cincuenta y tres por Oorta Clemencia Pa-
rera contra Don Eugenio Aldas ante el Juzgado de primera
instancia en lo civil del Paraná, quedó terminado por la
,·enla que so hizo de los Lienes embargados y por la en-
trega que del producto se hiziJ á la ejecutante á cuenta de
su crédito, mandándose intimar al deudor, á solicitud de
la misma acreedora, que prestase caucion juratoria de pa-
¡;ar el l'Cslo cuando llegase ú mejor fortuna : que habiendo
intentado Doita Clemencia Parera reabrir aquel juicio c.:n
f eLrc.:ro del corriente aito ante el mismo Juzgado del Pa-
•·aná este no hizo lugar, fundándose en que estaba pros-
cripta la accion ejecutiva : que, dados esos antecedentes,
y transcurridos diez y ocho ailos, no puede sostenerse que
hay un juicio pendiente rarlicado en el Juzgado del Para-
ná ; ni puede tampoco decirse que la gestion iniciada en
FeLrero haya producido el efecto de radicar allí tln nuevo
juicio, desde que fué desechada
ÍT~ limine, sin audiencia
ni aun citacion do A Idas¡ que aunque, provenga del mismo
origen, la (¡uo hoy deduce Doi1a Clemencia Parcra es una
nueva accion para obtener el pa.;o de lo que por falta do
bienes del deudor en la Pro\'incia de Entre-Hios no pudo
cobrar en mil ocltocientos cincuenta y tres¡ que siendo
esa accion meramente personal ha procedido legalmente
ocurriendo al dolllicilio tlel deudor que es actualmente en
esta Provincia ; y quo hallándose en el caso del artícul~