DE JUSTICIA N1\ CIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_464
Texto del Fallo
DE JUSTICIA N1\ CIONAL.
46!)
cientos st•lenta (carta do foja tres), Don José Cándido Go-
rnez so dirijió á Don Juan 1\1. Nuñez diciéndolo que no
habiéndolo comunicado el último el resultado de la opo-
racion que proyectnba con los doscientos cuarenta y siete
caballos que le mandó entregar, le pedía le informase en
r¡uó habia quedado dicho negocio ; y en el caso de nn
hahersc realizaJo, lo t~visas~ en qué punto so hali<Jban los
caballos y si podia disponer do ellos.
Segundo. -
Que Nui•cz dit·ijió ;\ Gomez en contestaciun
¡, la de éste, do veinte y uno de Setiembre, la de primca·o
llo Octubre Júl 111isrno aiío en quo dice {, Gomez que los
caballos cstabnn compromcti.Jos por el precio do tre~ c i e ntos
pesos cada uno, siend o la causa 1lo no hahet·so \'endido por
estar dclgaJos para el dcsti'•l.l requerido, pues los había reci-
bido en un estado ba ~ ttt 11te atrasado, lo que hahia moti,•adl.l
clfretardo; c¡ue la separacion seria algo dificil por estar con
ol pelo largo, y no conocerse ni las sciíult's ni las mnrcas
de la mnyor parte de los d<: Gomez y de los del Estoble-
cimionlo; que á lin fl <.: o,·itar d i ficultad ~s so recibiría él
( ~u i10z ) do los caballos po1· el precio mnnircslatlo de tres-
cientos pesos, dc1luciendo ,Jo su importo el de un peso
diario do pastoreo 11uo tenia cado cnLallo, y firmándolo una
obligacion por ol saldo á cuatro meses de plazo.
Tercero. - Que Gomez contestó á la anterior r.omunica-
t'Jon con la suya, que agregada r.orre á roja primera, y
segun la cual en diez y nuevo de Octubre le decía lo si-
guiente. : Primero.- Que no le con\'cnia absolutamente
\'endcr o'l plazos los caballos, porque solo esperaba la rea-
l izacion de su importe para cerrar la liqui1lacion del nego-
cio¡ Segundo. -Que por otra pnrte, el pago de un peso
diat·io en los meses, que sin culpa, ni aun conocimiento
suyo se habían demorado, no tenia razon de ser¡ y Ter-
cero. - Que si Xuiacz quería pagarlos al contado á dos-