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DE JUSTICIA N1\ CIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_464

Texto del Fallo

DE JUSTICIA N1\ CIONAL. 46!) cientos st•lenta (carta do foja tres), Don José Cándido Go- rnez so dirijió á Don Juan 1\1. Nuñez diciéndolo que no habiéndolo comunicado el último el resultado de la opo- racion que proyectnba con los doscientos cuarenta y siete caballos que le mandó entregar, le pedía le informase en r¡uó habia quedado dicho negocio ; y en el caso de nn hahersc realizaJo, lo t~visas~ en qué punto so hali<Jban los caballos y si podia disponer do ellos. Segundo. - Que Nui•cz dit·ijió ;\ Gomez en contestaciun ¡, la de éste, do veinte y uno de Setiembre, la de primca·o llo Octubre Júl 111isrno aiío en quo dice {, Gomez que los caballos cstabnn compromcti.Jos por el precio do tre~ c i e ntos pesos cada uno, siend o la causa 1lo no hahet·so \'endido por estar dclgaJos para el dcsti'•l.l requerido, pues los había reci- bido en un estado ba ~ ttt 11te atrasado, lo que hahia moti,•adl.l clfretardo; c¡ue la separacion seria algo dificil por estar con ol pelo largo, y no conocerse ni las sciíult's ni las mnrcas de la mnyor parte de los d<: Gomez y de los del Estoble- cimionlo; que á lin fl <.: o,·itar d i ficultad ~s so recibiría él ( ~u i10z ) do los caballos po1· el precio mnnircslatlo de tres- cientos pesos, dc1luciendo ,Jo su importo el de un peso diario do pastoreo 11uo tenia cado cnLallo, y firmándolo una obligacion por ol saldo á cuatro meses de plazo. Tercero. - Que Gomez contestó á la anterior r.omunica- t'Jon con la suya, que agregada r.orre á roja primera, y segun la cual en diez y nuevo de Octubre le decía lo si- guiente. : Primero.- Que no le con\'cnia absolutamente \'endcr o'l plazos los caballos, porque solo esperaba la rea- l izacion de su importe para cerrar la liqui1lacion del nego- cio¡ Segundo. -Que por otra pnrte, el pago de un peso diat·io en los meses, que sin culpa, ni aun conocimiento suyo se habían demorado, no tenia razon de ser¡ y Ter- cero. - Que si Xuiacz quería pagarlos al contado á dos-