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DE JUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_508

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACIONAL. 513 ~UM~ CXLVIII. D. Ciriaco Urtubey contra D. Segutldo l. Acr.,ia. Recurso lle Revision. Sumario. -1" El recurso do rev•s•ou solo puede tener lugar en los casos esprcsados en el artículo 241 de la ley de Procedimientos. 2° Este recurso debe interponerse, cuando se pretende que la Suprema Corte ha fallado sobre cosas no pedidas por las partes. dentro do ocho días desde el siguiente á la última notificacion. 3° Y cuando se interpone, fundándose en haber reco- brado documento decisivos detenidos por otra de la contra- parte, el término de ocho días se cuenta desde el dia en que los documentos se recobraron. Ca1o.- En los autos seguidos en el Juzgado Federal de Catamarca por O. Ciriaco Urlubey contra D. Segundo l. ' · m. 3:,