DE JUSTICIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 12
ID: fallos_12_508
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIONAL.
513
~UM~ CXLVIII.
D. Ciriaco Urtubey contra D. Segutldo l. Acr.,ia.
Recurso lle Revision.
Sumario. -1" El recurso do rev•s•ou solo puede tener
lugar en los casos esprcsados en el artículo 241 de la ley
de Procedimientos.
2° Este recurso debe interponerse, cuando se pretende
que la Suprema Corte ha fallado sobre cosas no pedidas
por las partes. dentro do ocho días desde el siguiente á la
última notificacion.
3° Y cuando se interpone, fundándose en haber reco-
brado documento decisivos detenidos por otra de la contra-
parte, el término de ocho días se cuenta desde el dia en
que los documentos se recobraron.
Ca1o.- En los autos seguidos en el Juzgado Federal de
Catamarca por O. Ciriaco Urlubey contra D. Segundo l.
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